CAPITULO I
DISPOSICIONES
GENERALES
Art.
1.-
El presente Reglamento Interno de la disciplina de Futbol, se ajustan a los
principios y finalidades establecidos en los estatutos y reglamentos de la liga
deportiva Pacasa (LIDEPA).
Art.
2.-
Estos reglamentos establecen los derechos y obligaciones de los clubes
incorporados en el seno de la liga, los que deben respetarse estrictamente
todas las prescripciones. Así mismo la norma de los procedimientos de la
inscripción, afiliación, permanencia, promoción, categorización, penalización y
desafiliación de esta Liga Deportiva Pacasa (LI. DE. PA. )
Art.
3.-
De la misma manera, estipula las funciones, atribuciones, derechos y
obligaciones de los directivos de La liga y de los delegados, dirigentes y
jugadores de los clubes, quienes deberán acatar fielmente todas sus
atribuciones y en caso de transgresión o desacato, serán sometidos a las
disposiciones del capitulo disciplinario.
CAPITULO
II
DE
LAS CONVOCATORIAS
Art.
4.-
El campeonato Oficial de la Liga Deportiva Pacasa se iniciara en la primera
quincena de mes de abril de cada año y a la finalización de la misma se llevara
a cabo el campeonato Amistad.
Art.
5.-
Las convocatorias a los distintos campeonatos se emitirán y publicaran por lo
menos con un mes de anticipación para la iniciación de los mismos.
Art.
6.-
La convocatoria para cada campeonato Oficial, deberán completar todas las
categorías o divisiones en forma conjunta teniendo en cuenta las
características y particularidades de cada categoría.
Art.
7.-
Los clubes a tiempo de inscribirse deberán cancelar el derecho de inscripción,
garantía y otros de acuerdo a lo establecido en la convocatoria al campeonato.
Art.
8.-
Los clubes para participar en el campeonato Oficial deberán cumplir con los
siguientes requisitos:
a) Presentar
el formulario de inscripción entregado por la Liga Deportiva Pacasa, debidamente
llenado a maquina y no a manuscrito, con las correspondientes firmas de sus
directivos.
b) Presentar
el recibo de pago de derecho de inscripción.
c) Los
clubes nuevos deberán pagar el derecho de afiliación el cual es de 35
Bolivianos.
Art.
9.-
No se recibirá la inscripción de los Clubes que se encuentren involucrados en
los siguientes casos:
a) Los
Clubes expulsados de la Liga Deportiva Pacasa mediante Resolución dictada por
el comité de penas o Consejo Central de la Liga.
b) Los
Clubes que tengan cuentas pendientes con la Liga Deportiva Pacasa por cualquier
concepto.
c) Los
clubes que vencido el termino reglamentario no hubiesen realizado la
inscripción, para lo cual el Comité Técnico elaborara el acta correspondiente
en forma detallada.
CAPITULO III
DE
LOS CLUBES PARTICIPANTES
Art. 10.-
Los Clubes afiliados a la Liga Deportiva Pacasa, tienen el derecho de
participar en el Campeonato Oficial de cada año en las Categorias de primeras
de Honor, primeras de Ascenso, segundas de Ascenso, Juvenil y Seniors y en el
campeonato Amistad. Así mismo todos los Clubes que deseen participar.
Art.11.-Un
Club estará afiliado legalmente a la Liga Deportiva Pacasa, tomando en
consideración los siguientes aspectos:
a) La
afiliación consiste en:
1) Solicitud
de inscripción a la Liga Deportiva Pacasa.
2) Derecho
de afiliación de la Liga Deportiva Pacasa.
3) Antigüedad
en la Liga Deportiva Pacasa (participación consecutiva en dos o más Campeonatos
Oficiales).
b) Los
Clubes de primeras de Honor y primeras de Ascenso que no participen en el
Campeonato Oficial perderán la Categoría. Pudiendo inscribirse en el siguiente
año en la categoría de segundas de Ascenso.
c) Los
Clubes o equipos de Segundas de Ascenso que no se inscriban perderán su
antigüedad. (excepto aquellos Clubes que hubieran solicitado permiso con una
nota dirigida a la Liga Pacasa).
d) La
Liga únicamente concederá permiso a los equipos de Segundas de Ascenso y
Seniors por el lapso de un año deportivo.
Art. 12.-
Se establece que el campeonato Oficial se disputa en las siguientes categorías:
CAMPEONATO OFICIAL
a) Primeras
de Honor 12 Clubes o equipos.
b) Primeras
de Ascenso 12 Clubes o Equipos.
c) Segundas
de Ascenso De acuerdo a convocatoria.
d) Seniors De acuerdo a
convocatoria.
e) Juvenil
sub 17 y otros De acuerdo a
convocatoria.
CAMPEONATO AMISTAD
a) De
acuerdo a convocatoria.
Art.
13.-
Los alcances del presente Reglamento Interno de la Liga Deportiva Pacasa, así
como de sus determinaciones, no podrán ser modificados por las convocatorias
anuales.
Art.
14.-
Los pagos de inscripción, afiliación, garantías, multas etc. Que será
establecido y actualizado para cada gestión por el directorio de la Liga
Deportiva Pacasa de acuerdo a la situación económica vigente.
Art.
15.-
Para los Clubes participantes en las divisiones o categorías de primeras de
Honor, primeras de Ascenso y segundas de Ascenso no existe límite de edad; en
tanto para la categoría Seniors será de 40 años para adelante y un jugador de
39 años cumplidos en cancha.
CAPITULO
IV
DE
LOS JUGADORES Y SU HABILITACION
Art.
16.-
El Comité Técnico es el único responsable del registro y habilitaciones de las
tarjetas y kardex de jugadores de los equipos participantes en el Campeonato
Oficial y Amistad.
Art.
17.-
El número de jugadores a ser habilitados
por cada Club en las categorías de: Primeras de Honor y Senior es de 25
jugadores como máximo y en las categorías de: Primeras de Ascenso y Segundas de
Ascenso 17 jugadores como máximo, incluyendo su o los juvenil sub 19 y sub 39
de Senior
Art.
18.-
Todo jugador para ser habilitado debe cumplir imprescindiblemente con los
siguientes requisitos:
a)
Presentar las tarjetas y kardex
debidamente llenados a maquina con la respectiva firma del jugador, dando el
delegado o club su conformidad y evidencia sobre los datos señalados en las
tarjetas y kardex, en caso de que faltara algún dato o tenga alteraciones o
borrones, la o las tarjetas no serán habilitadas bajo ninguna
circunstancia, siendo responsabilidad exclusiva del delegado o directivos del
Club.
b)
Las tarjetas de actuación y el kardex en
todas las categorías para estar habilitadas deberán contener necesariamente los
siguientes datos fidedignos.
1) Nombre
del Club.
2) Nombres
y Apellidos del jugador. (Aclarar si lleva un nombre o un apellido)
3) Fotografía
actual tamaño carnet y sin ningún aditamento (sin gorra ni lentes).
4) Fecha
de Nacimiento.
5) Firma
usual del jugador (no rubrica).
6) Numero
de registro del comité Técnico (con sello numerador).
7) Fecha
de habilitación (con sello fechero).
8) Firma
del presidente del Comité Técnico, con sello pie.
9) Firma
y sello del Presidente o Vice-presidente de la Liga Deportiva Pacasa únicamente
y otros sellos de Liga.
c)
La falta de cualquiera de estos datos o
especificaciones anteriores implica que el jugador no esta habilitada para
jugar, por tanto el equipo infractor pierde los puntos en disputa,
adjudicándose al equipo contrario los puntos, siendo de exclusiva
responsabilidad de los directivos o delegados del Club.
Art.
19.-
Para la habilitación de los jugadores de la categoría especial Juvenil,
jugadores con un solo nombre y la categoría Senior es imprescindible la presentación
del documento de Identidad C.I. o RIN y certificado de Nacimiento (Computarizado)
original para verificar la edad del jugador participante, y una fotocopia para
el archivo de la Liga.
Art.
20.-
Las habilitaciones de las tarjetas de actuación se realizara el día viernes de
cada semana en la oficina de la Liga Pacasa
(caseta de control) de 20:30 a
22:30 p.m. se habilitara faltando 48 horas antes de su partido y por ningún
motivo se habilitara los días Sábados y Domingos.
Art. 21.-
Se establece como termino para la habilitación de las tarjetas de actuación en
todas las categorías hasta 48 horas antes de la iniciación de la segunda rueda
vale decir en primeras de Honor, primeras de Ascenso, segundas de Ascenso, Sénior
y Juvenil sub 16 y en campeonato Amistad el Plazo fenecerá hasta 48 horas antes
de inicio de la segunda fase de la clasificación.
Art. 22.-
Cuando un jugador habilitado por un determinado club no haya jugado ningún
encuentro ni siquiera en forma parcial, el club podrá pedir por escrito la
anulación de dicha habilitación para inscribir a otro jugador en su lugar con
el mismo numero de registro.
Art. 23.-
Los clubes de la categorías de primera de Honor, primera de Ascenso y segunda
de Ascenso están obligados hacer actuar en cancha a un jugador Juvenil Sub- 19
por cumplir en cada partido, debiendo el mismo obligadamente jugar uno de los
tiempos, siendo la tarjeta del Jugador Juvenil de color diferente o sello para
hacer conocer cual es el juvenil.
Art. 24.-
Los jugadores habilitados en Seniors o Segundas de Ascenso podrán alternar con
su misma tarjeta en la categoría superior en un número máximo de (3) tres jugadores
en planilla y en cancha, siempre y cuando se trate de un mismo club o institución,
siendo la tarjeta de Sénior o Segundas de Ascenso de color diferente o sello
para hacer conocer cual es cual tarjeta.
Art. 25.-
Los jugadores habilitados en las categorías de primeras de Honor, primera de
Ascenso y segunda de Ascenso podrán jugar en la categoría de Sénior cuando
tengan la edad requerida debiendo contar con su respectiva tarjeta y Kardex del
club al que representara.
Art. 26.-
Los jugadores Juveniles que se encuentran disputando el campeonato de su Categoría
en un mismo club o Institución, podrán alternar en todas las categorías del
mismo Club con su tarjeta y sin límite alguno. Siendo la tarjeta del Jugador
juvenil de color diferente (excepto a sénior).
Art. 27.-
En caso de no contar con jugador juvenil, La plaza no podrá ser cubierta por
otro jugador mayor de sub 19 y el Club disputara su encuentro solamente con 6
jugadores, en caso de transgredir este aspecto el equipo infractor será
sancionado con la perdida del partido y los puntos se adjudicaran al equipo
contrario.
Art. 28.-
No podrán ser habilitados los jugadores en los siguientes casos:
a) Los
jugadores que hubieran sido expulsados por transgresión al estatuto y
reglamento interno.
b) Quienes
estando castigados por uno o mas años y habiendo transcurrido el tiempo de su
castigo hubieran reincidido durante el tiempo de su sanción en faltas y
agresiones en contra de jugadores, delegados de Club, dirigentes, Fiscales,
delegados de mesa, hinchas, árbitros y otras personas relacionadas con la liga
Deportiva Pacasa.
c) Dirigentes
de la Liga Deportiva Pacasa, dirigentes de Clubes, Delegados, jugadores, etc.
Que tengan cuentas pendientes con la Liga Deportiva Pacasa.
d) Los
jugadores que hayan tenido walk-overs por eliminación en su Club.
CAPITULO
V
DEL
SISTEMA DE JUEGO
Art. 29.-
De los puntos disputados en todos los partidos, se considera TRES (3) puntos
ganados y en caso de empate UN (1) punto a cada equipo o Club.
Art. 30.-
En caso de W.Q. El Club favorecido con este resultado se le asignara TRES (3) puntos
y TRES (3) goles a favor y CERO (0) Al Club infractor debiendo cancelar su WQ
antes de su próximo partido.
Art. 31.-De
acuerdo al puntaje obtenido por cada Club se establecerá el primero, segundo, y
otros lugares en la tabla de posiciones de la siguiente manera:
a) Obtendrá
el campeonato el Club que haya logrado acumulado el mayor número de puntos con
relación a los otros Clubes.
b) Obtendrá
el Sub-campeonato el Club que haya ocupado el segundo puesto en la tabla de
posiciones.
c) Obtendrá
el tercer, cuarto y los siguientes lugares de acuerdo al cómputo de puntos.
Art. 32.-
La modalidad de sistema de campeonato para todas las divisiones y Categorías de
los Clubes participantes en la Liga Deportiva Pacasa será aprobada para cada
gestión Deportiva en reunión ordinaria con la participación de los delegados de
Clubes, la misma que será homologada mediante resolución de concejo central
para su puesta en vigencia.
Art.33.-
En caso de la definición de un campeonato que implique ascenso, clasificación o
descenso de categoría, y se presentara uno o mas empates en la tabla final de
posiciones se resolverá de la siguiente manera:
a) Cuando
DOS (2) equipos obtengan igual puntaje, se jugara un partido extra de desempate
que será programado por el Comité Técnico que determinara día y hora del
encuentro.
b) En
caso que sean TRES (3) los equipos que obtengan igual puntaje, el Comité
Técnico procederá a un sorteo en presencia de los interesados por el que uno de
los Clubes (el ganador del sorteo), tendrá derecho a jugar el ultimo partido
con el ganador del partido extra entre los equipos no favorecidos en el sorteo,
conforme lo prescrito en el inciso anterior e incisos siguiente.
c) En
caso de ser CUATRO (4) los equipos que obtengan igual puntaje, se jugaran dos
partidos extras por sorteo, debiendo los ganadores enfrentarse en un nuevo
encuentro como se previene en el inciso a) del presente articulo.
d) Si
persistiera el empate luego de jugados los partidos extras de los incisos
anteriores, se jugara un tiempo suplementario de 20 minutos (10 minutos por
lado).
e) De
persistir el empate en el tiempo suplementario, se procederá a la ejecución de
CINCO (5) lanzamiento de penales por equipo, por los que serán ejecutados por
cinco jugadores distintos.
f) Si
después de ejecutados los cinco penales persiste el empate, se procederá al
lanzamiento de penales en forma alternada por cada equipo o Club hasta lograr
el desnivel.
g) Si
dos o más equipos igualaran en puntos el segundo, tercero, cuarto, etc. Puestos
en la tabla de posiciones, la clasificación se determinara por el gol
diferencial de la ultima fase en Segundas de Ascenso, Seniors y divisiones
inferiores.
h) En
primera de Honor y primera de Ascenso se tomara en cuenta la diferencia de
goles de las dos ruedas del campeonato.
i)
De igualar en el gol diferencia, se
tomara en cuenta al equipo que haya obtenido el mayor número de goles a favor
en la tabla de posiciones.
Art. 34.-
Para determinar los descensos de las categorías de primeras de Honor y primera
de Ascenso, se computara de la siguiente manera:
a) Descenderán
los dos últimos equipos que hayan obtenido en la tabla final de posiciones el
menor puntaje con relación a los otros Clubes.
b) Si
fueran dos o más equipos empatados en el penúltimo de la tabla final de
posiciones, se aplicara lo dispuesto en el artículo 33 anterior en todos sus
incisos.
CAPITULO
VI
DE
LAS REGLAS DE JUEGO
Art. 35.-
El Directorio, Comité Técnico (Comité de Futbol), Comité de Penas (Tribunal de
Justicia), así como los Clubes de las diferentes categorías del campeonato
Oficial, y de Amistad, se sujetara al presente Reglamento Interno y las reglas
de la F.I.F.A.
Art. 36.-
El Comité Técnico previo sorteo que realizara en presencia de cada uno de los delegados
de cada una de las categorías se elaborara el respectivo sorteo numérico el
cual será la base para la realización del rol general de los partidos, que no
será modificado hasta su finalización. Al
que se sujetara los respectivos encuentros.
Art. 37.-
De acuerdo al rol general de partidos, el Comité Técnico en asamblea general
hasta el día miércoles como máximo, hará conocer el horario y los encuentros a
disputarse en la semana, dicha programación una vez publicado no podrá ser
alterado o modificado por ningún motivo.
Art. 38.-
Las categorías de primeras de Honor y primeras de Ascenso juraran los domingos
en dos periodos de 28 minutos con descanso de 4 minutos para firmar la planilla
y la categoría segunda de Ascenso, Seniors y Juvenil sub 16 jugaran los sábados
o domingos inclusive los feriados en dos periodos de 28 minutos con descaso de
4 minutos para firmar planilla.
Art. 39.-
los Clubes que deben cumplir sus encuentros de acuerdo al rol establecido,
deberán abonar a la Liga por concepto de derecho de cancha, multas,
amonestaciones, etc. Conforme a lo determinado al inicio de cada partido.
Art. 40.-
Los partidos se iniciaran a la hora programada, estableciéndose una tolerancia
de 10 minutos solo para el primer partido de cada fecha y no así para los
restantes partidos, que debe iniciarse una ves concluido el encuentro
precedente.
Art. 41.-
Los Clubes programados para cumplir sus encuentros de acuerdo al rol
establecido antes del inicio del partido deben cumplir los siguientes
requisitos.
a) Presentar
las tarjetas de actuación antes de inicio del encuentro.
b) En
todos los campeonatos que organiza la Liga Deportiva Pacasa, las distintas
categorías deberán ingresar al campo de juego debidamente uniformados y con la
numeración correlativa del 1 al 99 caso contrario no podrá ingresar al campo de
juego.
c) No se permitirá la actuación de los jugadores
cuyos números en su uniforme sean improvisados, como ser pintado con tiza, con
marcador tela adhesiva u otros, ni tampoco a los jugadores que vistan distinto
color en pantalón corto y medias en primeras de Honor, primeras de Ascenso y
Senior.
d) Deberán
presentar el recibo de pagos por todas las obligaciones económicas canceladas,
por lo que señale el recibo en su totalidad, derecho de cancha. Walk Overs,
amonestaciones, multas por falta de balón etc. Hasta antes del segundo tiempo,
caso contrario se procederá al W.O. correspondiente, que será controlado por el
fiscal de turno según su recibo.
e) Esta
prohibido que los jugadores, usen calzados de goma durante los partidos,
propios de otros deportes, (Voleibol, Básquet, Tenis, etc.).
f) No
ser menos de (5) Jugadores ni más de (7) Jugadores en cancha.
g) Cuando
en el trascurso del partido un equipo por cualquier causa (Expulsión, Lesión,
Abandono, etc.) o que quedaran con menos de cinco (5) jugadores, el árbitro
aplicara el W.O. respectivo, perdiendo el equipo infractor los puntos en
disputa, aun cuando hasta ese momento estuvieran ganando o empatando el
partido.
h) El
capitán de equipo debe identificarse con un brazalete (cintillo) de color
diferente a la camiseta, no siendo permitido el uso de pañuelo u otras
improvisaciones, el infractor (capitán) será sancionado con tarjeta amarilla
por el árbitro.
i)
Cumplidos todos los requisitos de parte
de los Clubes, el Fiscal de turno comunicara al árbitro para el inicio del
partido, de acuerdo a la programación establecida, haciendo cumplir
estrictamente el tiempo de juego.
Art. 42.-
Se dará Walk Over a los equipos de acuerdo a las siguientes causas:
a) Cuando
no se presenten al campo de juego a la hora señalada en el rol de partidos o
con un mínimo de 5 jugadores en cancha, previa verificación del Fiscal de
Turno.
b) Cuando
no presenten sus tarjetas de actuación a la mesa de control hasta los 15
minutos del primer tiempo caso contrario se dará W.O.
c) Cuando
el Club no haya realizado la cancelación a la Liga por conceptos de: (Derecho
de cancha, por W.Q, por balón y etc. Hasta antes de iniciarse el segundo
tiempo.
d) Cuando
un equipo abandone el campo de juego antes de la conclusión del partido.
e) En
caso de que un equipo estuviera ganando y el equipo contrario abandone el campo
de juego, se Procederá a dar W.O. respectivo, respetando el resultado en
planilla.
f) Cuando
en el transcurso del partido, uno o mas jugadores fueran expulsados o retirados
por lesión, y quedan con menos de cinco (5) jugadores.
g) Cuando
uno o mas jugadores sean retirado del campo de juego por no llevar la
indumentaria deportiva correcta (camiseta, pantalón, corto y medias) y el
equipo quede con menos de cinco (5) jugadores.
En especial las categorías de: Honor, primeras de Ascenso y Senior.
h) En
caso de que no se presenten los dos equipos en cancha por infracción de
cualquiera de los incisos del artículo se procederá al doble W.Q.
El
equipo o Club al incumplimiento en cualquiera de los incisos del presente
articulo, será sancionada con la perdida del partido y los puntos se
adjudicaran al equipo contrario.
Art. 43.-
Los equipos o Clubes que tengan dos (2) W.Q. continuos o tres (3) discontinuos,
serán eliminados del campeonato y serán sancionados por un (1) año y
descenderán a la categoría inmediata inferior (segundas de ascenso), pudiendo
inscribirse al año siguiente previo pago de su derecho de cancha o (W.Q.) por
los encuentros no disputados en el campeonato.
Art. 44.-
Todos los equipos están obligados a presentar para sus encuentros un balón de
futbol reglamentario y en buenas condiciones de uso durante el encuentro, la no
presentación del balón será sancionado con la multa económica de 20 Bs.
Determinado en reunión de delegados y los Clubes participantes deberán izar su
bandera deportiva con los colores de su indumentaria en el horario de su
encuentro, caso contrario serán sancionados con la perdida de un punto.
Art. 45.-
La mesa de control esta conformada por un Fiscal, un plánillero(a) y un veedor,
designado en forma rotativa por el Comité Técnico, quienes velaran por el
normal desarrollo de los encuentros. En caso de ausencia del Fiscal y
Veedor significara la perdida de tres
(3) puntos ganados o por ganar al Club que pertenece dicha persona.
Art. 46.-
El árbitro es el encargado del desarrollo del partido, y siendo el árbitro la
máxima autoridad, quien obrara conforme al presente reglamento y disposiciones
de la AFLP, FBF, y FIFA, por consiguiente los jugadores participantes deberán
aceptar y acatar sin discusión todas sus determinaciones y decisiones dentro
del campo de juego.
Art. 47.-
En todas las categorías de la Liga Pacasa se permitirá efectuar tres (3)
cambios incluido el arquero. Cuando un equipo o Club después de iniciado el
partido quiera completar un jugador(es), deberán presentarse a la mesa de
control con su tarjeta de actuación y con el numero de camiseta diferente a los
ya registrado en planilla, excepto Sénior que es cuatro (4) cambios en
planillas incluido el arquero.
Art. 48.-
El jugador que sea sustituido por otro, no podrá reingresar a la cancha por
ninguna razón. Asimismo ningún jugador podrá cambiar de numeración hasta la
finalización del encuentro, salvo que realice el cambio con el arquero.
Art. 49.-
Un partido podrá ser suspendido por las autoridades del encuentro, por las
siguientes causas:
a) Por
falta de visibilidad a causa de la existencia de mucha neblina, abundante nieve
o viento arenoso.
b) Por
estar el campo de juego en muy malas condiciones.
c) Por
razones de fuerza mayor, tales como convulsión social, agitación política,
revolución u otra que haga peligrar la vida e integridad de los jugadores.
Art. 50.-
Los partidos que hayan sido suspendidos por las razones mencionadas en el artículo
49, se programaran de acuerdo a los siguientes casos:
a) Partido
suspendido antes de iniciado, se programara al finalizar el campeonato.
b) Partido
suspendido después de iniciado se programara de acuerdo a la disponibilidad de
horario, debiendo cumplirse únicamente el tiempo que falta jugar, con los
mismos jugadores registrados en planilla, pudiendo completar o hacer los
respectivos cambios luego de reiniciado el partido.
Art. 51.-
Se podrá suspender también un partido
por falta de garantías, agresión al arbitro, pelea entre jugadores de ambos
clubes, batalla campal, así mismo los partidos suspendidos por falta de
garantías serán sometidos y resueltos por el Tribunal de Justicia Deportiva
(Consejo Central) y Tribunal de Honor.
Art. 52.-
No podrán actuar los jugadores habilitados en los siguientes casos:
a) Aquellos
sobre los cuales pesa sanción de suspensión por transgredir el reglamento y
estatuto de la Liga.
b) El
o los jugadores que no presenten a la mesa de control con su tarjeta de
actuación respectiva, antes de iniciarse el encuentro.
c) Aquellos
jugadores cuyas tarjetas de actuación se encuentran retenidas por el Comité
Técnico o Comité de Penas, por expulsión, suspensión, apelaciones u otras
razones y cuyos casos se encuentran pendientes de solución.
El
Club o equipo infractor perderá los puntos en disputa, adjudicándose los mismos
al equipo contrario.
Art. 53.-
En caso de pérdida de tarjeta(s) de actuación ocurridos en el seno de la
LIDEPA. O por parte de los clubes participantes, será valida la presentación de
los Kardex por una sola vez, solicitando
con una nota escrita al Comité Técnico faltando 24 horas antes de su partido
para la participación del o los
jugadores. Para el encuentro programado, no siendo aceptados otros documentos que
no haya otorgado el Directorio, Comité Técnico o Comité de Penas debiendo
necesariamente el club habilitar las tarjetas de actuación para su próximo
encuentro.
Art. 54.-
Todos los jugadores actuantes tienen la obligación de firmar la planilla de
juego en la mesa de control con el uniforme deportivo propio del club, pudiendo
hacerlo antes de la conclusión del partido, una ves finalizado el encuentro por
ninguna razón se aceptaran que firmen la planilla. El jugador, que ingrese en
remplazo de otro deberá firmar la
planilla antes de ingresar al campo de juego.
Art. 55.-
En caso de que los equipos rivales tengan el mismo color de camiseta o
uniforme, el Club más antiguo de la LIDEPA mantendrá su uniforme, y cuando se
trate de clubes con la misma antigüedad, se efectuara un sorteo, debiendo
cambiar el color de camiseta o utilizar ponchillos.
Art. 56.-
El jugador que sea amonestado con tarjeta amarilla por el árbitro será
sancionado con la multa de 2 Bs. La amarilla y la tarjeta roja si es doble
amarilla no tiene costo.
Art. 57.-
No podrán permanecer en el campo de juego ningún jugador solamente el delegado
de club el mismo que podrá ser expulsado por el arbitro en caso de agresión o
insultos y sancionado por el Comité Técnico y Comité de Penas por transgredir
los Estatutos y Reglamentos de la Liga, disposición que la hará cumplir tanto
el arbitro, como el Fiscal y Veedor de turno.
Art. 58.-
Si existe sospecha de suplantación de jugadores esta deberá comprobarse durante
el encuentro, será el delegado o ante la ausencia del mismo será el capitán de
equipo quien requiera ante el Fiscal, Veedor o planillero de turno, la
presencia del jugador cuestionado. El Fiscal exigirá que el jugador se haga
presente en la mesa de control, dando además de cotejar la foto con la
fisonomía del jugador, debiendo escribir sus datos personales registrados en la
tarjeta de actuación y firmar en tres (3) oportunidades en el reverso de la
planilla para comprobar la autenticidad de la firma. Esta será la prueba más
fehaciente de la veracidad o falsedad de la denuncia, en caso de que el jugador
comprometido no se presente por cualquier motivo negativa, evasivas, etc.
Significara la aceptación del hecho, que hubo suplantación.
Art. 59.-
Cualquier denuncia o reclamo referido al desarrollo del encuentro será
realizado únicamente por los delegados, el presidente de club (previa presentación
de su credencial de Delegado) por razones que consideren fundadas. Una vez
finalizado el encuentro no se aceptaran reclamos ni denuncias y menos la
anotación en planilla.
Art. 60.-
Todo club denunciante deberá oficializar su denuncia, con una nota escrita a la
Liga, o al Presidente del comité que requiera hasta el día lunes a partir de
horas 20:30 a 21:45 p.m. pasado el tiempo establecido no se recibe la nota en
el plazo estipulado no se dará curso al reclamo aunque este asentada en
planilla, si la denuncia fue falsa e infundada, el club denunciante será
sancionado con dos (2) puntos ganados o por ganar, el club denunciante también
podrá hacer levantamiento o desestimación de la denuncia, mediante un oficio
que enviara al Presidente del Comité que requiera, en el mismo plazo estipulado
para la nota de denuncia, y ello eliminara cualquier sanción. Con un monto
económico de 5 Bs. (establecido en reunión de delegados) para tener mayor
seriedad en su nota enviada,
Art. 61.-
Para el cambio de nombre de un club, aditamento al original o función de
nombres, previamente deberán cumplir las formalidades legales que el caso
requiera, debiendo ser de conocimiento previo a la Liga Deportiva Pacasa,
enviando una nota escrita.
CAPITULO
VII
DE
LOS ASCENSOS Y DESCENSOS
Art. 62.-
Ascenderán de manera automática a la categoría inmediata superior los Clubes
que obtengan el campeonato y el subcampeonato respectivamente.
Art. 63.-
Descenderán automáticamente a la categoría inmediata inferior los equipos que
ocupan el ultimo y penúltimo lugar de la tabla final de posiciones.
Art. 64.-
El descenso indirecto disputaran los Clubes de primeras de Honor y primeras de
Ascenso ubicados en el antepenúltimo lugar de la tabla final de posiciones,
debiendo definir con los equipos de primeras de Ascenso y segundas de Ascenso
ubicados en el tercer lugar de la tabla de posiciones.
Art. 65.-
El Ascenso y descenso indirecto se Efectivizara mediante un encuentro, que
disputaran los equipos involucrados, tomando en cuenta las especificaciones del
Capitulo V Art. 33.
Art. 66.-
Si se produce la eliminación de un Club por W.O., falta antideportiva etc. Solo
habrá un descenso directo y otro indirecto, si son eliminados dos Clubes solo
habrá descenso indirecto, En caso de que sea en finales la eliminación es
directo a Segundas de Ascenso.
Art. 67.-
En caso de haber tres o mas Clubes eliminados en cualquiera de las categorías,
ascenderán automáticamente los tres primeros equipos de la categoría inmediata
inferior y habrá un descenso indirecto de categorías.
Art. 68.-
Los Clubes de primeras de Honor y primeras de Ascenso que no participen en la
gestión correspondiente, por cualquier razón, automáticamente descenderán a la
categoría de Segundas de Ascenso respectivamente.
Art. 69.-
Si en la categoría inmediata superior se presentaran vacancias en uno o mas
puestos como consecuencia de los descensos previstos, equipos sancionados,
equipos que no se inscriban, eliminados por W.Q., entonces los equipos de la
categorías inferiores ascenderán de categoría para el campeonato oficial de
acuerdo al orden que hubieran ocupado en la tabla final de posiciones para
llenar las vacancias existentes.
CAPITULO
VIII
DE
LOS DELEGADOS Y CLUBES
Art. 70.-
Todos los Clubes participantes a tiempo de solicitar su inscripción para la
participación en el campeonato, deberán designar dos delegados: Un titular, un
suplente e incluido el presidente previa presentación de credencial, quienes
serán representantes de su Club ante la Liga Deportiva Pacasa.
Art. 71.-
Las personas que sean designadas por el Club como delegados ante la Liga,
deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser
mayor de 18 años.
b) Ser
designado por su Club mediante nota o formulario dirigido a la Liga.
c) Portar
su credencial de delegado, otorgado por la Liga debidamente llenado a maquina y
habilitado por el Comité Técnico (sello de pie y firmas).
d) No
podrán ser delegado de dos Club en una misma categoría con la excepción que sea
la misma institución o club.
e) No
tener ninguna sanción ni cuentas
pendientes con la Liga.
Art. 72.-
Las reuniones ordinarias de delegados se realizaran los días miércoles cada 15 días
y las extraordinarias se llevaran a cabo a convocatoria del presidente, o del
directorio de la disciplina, o a petición de cinco delegados de Clubes aliados,
para tratar asuntos de mucha urgencia y de importancia para la buena marcha de
la Liga Deportiva Pacasa.
Art. 73.-
Las reuniones ordinarias se efectuaran con el quórum correspondiente de la
mitad mas uno de delegados, con una tolerancia de 15 minutos después de la hora
señalada (20:30) de no existir el quórum necesario, los asistentes se reunirán
en gran comisión para tratar de asuntos de urgencia; debiendo ser aprobadas en
la siguiente reunión.
Art. 74.-
El control de asistencia de las reuniones se realizara mediante la credencial
otorgada por la Liga debidamente habilitada para cada gestión, sin cuyo
requisito se computara como falta, pasado los 15 minutos de tolerancia iniciada
la reunión pasado ese tiempo se considera como falta y no tendrá derecho ni a
vos ni voto.
Art. 75.-
El delegado que se presente a las reuniones en estado de ebriedad, será
sancionado con la expulsión de la sala, y se considerara como falta.
Art. 76.-
Las resoluciones adoptadas en las reuniones tendrán validas, a través de la
aprobación por el voto porcentual de la mitad mas uno de delegados asistentes,
pudiendo el presidente de la Liga emitir su voto para dirimir en caso de
empate.
Art. 77.-
El delegado de Club que incurra en falta a reuniones de la Liga, dos continuos
o tres discontinuos será sancionado con la perdida de un punto ganado o por
ganar, dos atrasos una falta y así sucesivamente de manera progresiva.
Art. 78.-
La Liga por ningún motivo otorgara permiso a reuniones de delegados, pudiendo
los presidentes de clubes en ausencia de sus delegados titular y suplente,
asistir a las reuniones con los mismos derechos que tiene un delegado, vale
decir con voz y voto, previa presentación de su credencial otorgado por la
Liga, en caso de fuerza mayor, solicitara permiso con una nota escrita y su
justificativo a la Liga por una sola vez.
Art. 79.-
Los delegados y Presidentes de Clubes tienen los siguientes deberes y derechos:
a) Es
el representante nato de su Club ante la disciplina, no pudiendo asumir la
representación de otro Club, debiendo acreditarse con la presentación de su
credencial correspondiente.
b) Intervenir
en las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Liga teniendo derecho a voz
y voto, ya sea el presidentes, Vicepresidente, Delegados titular y suplente, en
caso de estar varios delegados del mismo Club presente en la reunión, solo un
delegado tendrá vos y voto.
c) Tiene
derecho a elegir y ser elegido en cargos directivos, de acuerdo a los estatutos
y Reglamento interno de la LIDEPA y de la disciplina.
d) Efectuar
los reclamos pertinentes por cualquier anormalidad que observare tanto
referente a su Club, como a otros hechos, apelando las Resoluciones o
decisiones que considere en contra de su Club.
e) Es
el directo encargado de habilitar a los jugadores de su equipo, asimismo de
entregar las tarjetas de actuación de los jugadores de su Club.
f) Proponer
sugerencias para la modificación en los articulados del reglamento interno y
otras disposiciones, conducentes a la buena marcha de la LIDEPA.
g) Efectuar
los reclamos u observaciones correspondientes en planilla con motivo de los
encuentros que sostenga su Club, previa presentación de su credencial.
h) Respetar
las decisiones del Directorio de la Asamblea.
i)
Respetar a los miembros del Directorio
en pleno, Comité Técnico, Comité de Penas y Consejo central.
j)
Asistir en forma obligatoria a toda
actividad o acto programado por la Liga.
k) Hacer
efectivo las cuentas pendientes que tuviera su Club a la Liga.
l)
Concurrir al comité de Penas, Comité
Técnico y directorio en caso de ser llamado para absolver cualquier aclaración,
consulta o duda.
CAPITULO
IX
DE
LAS AUTORIDADES DEPORTIVAS
Art. 80.-
Los miembros de la mesa de control designados por el Comité Técnico para los
partidos programados por la Liga, estarán integrados por un fiscal un veedor y
un planillero(a), quienes en el campo de juego representaran la autoridad
administrativas de los encuentros.
Art. 81.-
La máxima autoridad deportiva de cada fecha es el fiscal de turno, cargo ejercido
por un delegado de Club, designado por el Comité Técnico para los partidos
programados por la Liga, que tiene las mas amplias facultades para controlar el
desarrollo de los partidos, y por ninguna razón podrá solicitar permiso en el
cumplimiento de sus funciones, bajo pena de perder tres puntos ganados o por
ganar.
Art. 82.-
Para ser Fiscal o Veedor debe ser reconocido como Presidentes o Delegados de su
Club y sera designado por el Comité Técnico, asimismo no puede ser un directivo
o miembro de la LIDEPA. En caso de ausencia del fiscal o veedor un directivo de
la liga se hara cargo de dicha ausencia pero como fiscal veedor y en las
instancias finales los directivos de la liga serán las personas responsables de
las fiscalías.
Art. 83.-
Ante la ausencia del Fiscal de turno, el Veedor cumplirá esta función y en
ausencia de ambos el Planillero o un Directivo de la Liga asumirá dicha
función.
Art. 84.-
El Fiscal de turno tiene las siguientes obligaciones:
a) Deberá
presentase en la mesa de control. 10 minutos antes del inicio de los partidos
programados, y debidamente acreditado con la presentación de su respectivo
credencial para cumplir su función, caso contrario se considerara como falta y
su Club perderá tres puntos ganados o por ganar a excepción de ausencia de
credencial deberá demostrar mediante un oficio el olvido de su credencial.
b) Controlar
la presentación de las tarjetas de cada Club entes de la iniciación de cada
encuentro, balón e indumentaria de cada Club, impedir la actuación del jugador
que no cumpla los requisitos.
c) Comunicar
al árbitro la iniciación y finalización de cada encuentro o partido controlando
estrictamente el tiempo de duración de cada encuentro, (Hacer cumplir el horario
de inicio y finalización de todos los partidos).
d) Observar
el desarrollo de los partidos e informar por escrito en planillas sobre la
actuación del arbitro, la presentación de los equipos, conducta de los
jugadores y toda situación anómala que se presentase en el partido, firmando de
puño y letra las planillas, evaluando todos los datos contenidos en el
correspondiente informe, y si no ocurriere nada anormal registrara en planilla
SIN NOVEDAD.
e) Si
un Club no cánsela la suma total del derecho de cancha o recibos
amonestaciones, multas, etc. Antes del inicio del segundo tiempo, informara al árbitro
esta situación para que proceda el respectivo W.Q.
f) Controlar
que el árbitro se identifique y elabore su informe respectivo una ves que
termine el partido firmando al pie de la planilla en estricto cumplimiento al
reglamento.
g) Una
ves finalizada la jornada, observar minuciosamente que las planillas estén
debidamente llenadas y cerradas con todo los datos e informes respectivos del
encuentro.
h) El
Fiscal de turno por ningún motivo podrá ser sustituido por otra persona,
excepto los otros representantes de su Club reconocido y debidamente acreditado
con la presentación de su respectivo credencial, caso contrario se considerara
como ausente de su función.
i)
Colaborara con el planillero en el
cambio de los marcadores correspondientes para cada partido, cambiando el
resultado en los mismos.
j)
Presentar informe ampliatorio en los
casos que sea requerido por la instancia correspondiente.
k) Controlara
que no ingreses jugadores en estado de ebriedad a los predios de la cancha.
Art. 85.-
Ante la ausencia del Fiscal de turno se sancionara con la perdida de Tres
puntos ganados o por ganar y la mala fiscalía se sancionara con la perdida de
Dos puntos.
Art. 86.-
El Veedor tiene las siguientes obligaciones:
a) Deberá
presentarse en la mesa de control, 10 minutos antes del inicio de los partidos
programados para cumplir su función.
b) Determinar
el estado de la cancha y sus condiciones, así mismo las inmediaciones de la mesa
de control.
c) Controlar
la seguridad de la puerta de ingreso al campo de juego que debe permanecer
serrada durante el desarrollo del partido o encuentro.
d) Observara
el desarrollo del partido para luego informar en planilla alguna anormalidad
que se produjere.
e) Informar
por escrito al Comité Técnico o Comité de Penas cuando exista anormalidades
dentro o fuera del campo de juego, la
actuación del árbitro, la conducta de los jugadores,
dirigentes,
delegados de Clubes y toda situación o anomalía que se presente en el partido,
identificando a los protagonistas.
f) El
Veedor por ningún motivo podrá ser sustituido por otra persona, excepto los
otros representantes de su Club reconocido y debidamente acreditado con la
presentación de su respectivo credencial, caso contrario se considerara como
ausente de sus funciones.
g) Presentar
informe en los casos que sea requerido por la instancia correspondiente.
Art. 87.-
Ante la ausencia del veedor se sancionara con la perdida de tres puntos ganados
o por ganar y el mal veedor se sancionara con la perdida de dos puntos.
Art. 88.-
En la mesa de control existirá un planillero que es programado de manera
continua y recibirá un pago en dinero por su trabajo, y para el cumplimiento de
sus funciones tendrá las siguientes obligaciones:
a) Deberá
presentarse en la mesa de control 30 minutos antes del inicio de los partidos
programados para cumplir su función.
b) Recibir
de la Liga las planillas correspondientes, el botiquín, ponchillos, inflador
etc., teniendo bajo su responsabilidad los respectivos materiales.
c) Registrar
en planilla de actuación en forma correcta los nombres completos de los jugadores
de cada Club, indicando el Nº, de registro de la tarjeta y Nº, de camiseta de
cada jugador, en base a los datos que presente el delegado del Club.
d) Registrar
en planilla la hora de inicio y finalización del primer y segundo tiempo, 28
minutos por lado.
e) Llevar
el estricto control de los cambios que hagan los Clubes, reclamos y
observaciones, indicando los goles obtenidos por cada Club, especificando en
forma numérica literal.
f) Indicar
a los jugadores que firmen la planilla correspondiente antes del inicio del
segundo tiempo del partido, llamando en su caso al delegado del Club o convocar
a los jugadores que estén actuando sin firmar la planilla.
g) Informar
por escrito en planillas todas las tarjetas amarillas, tarjetas rojas, cambios
etc., durante cada partido.
h) Presentar
las planillas de control debidamente llenadas y cerradas, tarjetas retenidas
por amonestaciones, expulsiones u otras causas, unas ves finalizadas la jornada
al Comité Técnico.
i)
Recibirá los pagos por derecho de cancha
y otras obligaciones económicas que tengan los Clubes, extendiendo el recibo
correspondiente.
j)
Hacer la correspondiente rendición de
cuentas en el cuaderno de apuntes y entregar el monto recaudado al secretario
de hacienda de la Liga Deportiva Pacasa una vez concluido el último partido de la
fecha.
Art. 89.-
Cuando se produzca hechos graves como agresiones, escándalos bochornosos,
batalla campal de ambos equipos etc., el Fiscal de turno, el Veedor y
planillero tiene la obligación de presentar su informe ampliatorio en forma escrita
con la firma correspondiente, hasta el día Lunes después de la jornada
realizada o en reunión del directorio de horas 20:30 a 21:00 p.m.
Art. 90.-
El Fiscal y el Veedor son los únicos autorizados para indicar al arbitro la
existencia de anormalidades en el cumplimiento de los requisitos de parte de
los Clubes o jugadores y así mismo ordenar la iniciación del partido o que se
de, el WQ respectivo.
Art. 91.-
En ejercicio de sus funciones, Fiscal, Veedor y Planillero, están prohibidos con
lo siguientes:
a) Dar
curso a la realización de encuentros de mutuo acuerdo entre los Clubes, sin que
se hayan cumplido con las formalidades de rigor.
b) Recibir
dinero extra por pagos adicionales de derecho de cancha, flete de balón,
ponchillos o por cualquier otro concepto, sin antes extender un recibo
correspondiente.
c) No
puede ingerir bebidas alcohólicas o realizar actos que vayan contra el
reglamento, la normalidad y las buenas costumbres.
d) Infringir
el Reglamento por favorecer o perjudicar a algún Club.
CAPITULO
X
DE
LOS ARBITROS
Art. 92.-
El árbitro tiene las siguientes obligaciones:
a) El
arbitro esta obligado a presentarse en el campo de juego 15 minutos antes de la
hora fijada para los partidos con el uniforme habitual y otro alternativo,
debiendo cumplir y hacer cumplir las disposiciones del presente Reglamento.
b) El
arbitro deberá presentar su informe de los partidos realizados en la planilla
de control indicando las novedades ocurridas en los partidos que les toco
dirigir, debiendo realizar dicho informe a la conclusión de cada partido, bajo
pena de ser sancionado de acuerdo a lo estipulado en el contrato firmado.
c) El
arbitro al ingresar a la cancha antes de su actuación, esta obligado a
presentarse en la mesa de control con el objeto de ser identificado, así como
igualar su cronometro con la mesa de control.
d) El
árbitro deberá rechazar el ingreso a la cancha a los jugadores que no hayan
cumplido con los requisitos de su indumentaria en coordinación con la mesa de
control.
e) El
arbitro deberá exigir que el jugador ingrese por la línea lateral cuando
complete su equipo o haya salido momentáneamente del campo de juego por alguna circunstancia
o cuando este produciendo el cambio.
f) Ningún
arbitro podrá ser delegado, o jugador ni dirigente perteneciente a un Club
registrado en la Liga.
g) El
árbitro que provoque incidentes en el campo de juego será separado del colegio
de árbitros, a solicitud del Directorio de Liga o de algún Club.
h) El
árbitro que se encuentre en estado inconveniente (ebriedad) será retirado del
campo de juego por el Fiscal de turno y se solicitara la sanción
correspondiente al colegio de árbitros.
CAPITULO
XI
DE
LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Art. 93.-
Los Clubes que tengan dos o más equipos, se sujetan a las siguientes
condiciones:
a) Los
jugadores de segunda de ascenso podrán actuar en la categoría superior y solo
podrán alternar tres jugadores.
b) La
afiliación o garantía en Segunda de Ascenso es obligatoria si es equipo nuevo.
c) Los
Clubes que tengan su categoría Sénior podrán hacer alternar en las categorías
superiores hasta tres jugadores en cancha y planilla.
d) Todos
los Clubes que deseen tener dos o más equipos, están obligados a cumplir con
todo y cada uno de los requisitos del presente reglamento como si fuera otro
Club.
e) Todos
los jugadores en categoría juvenil o sub 19 podrán alternar en sus categorías
superiores primeras de Honor, Primeras de Ascenso y Segundas de Ascenso en
forma irrestricta e indefinida por todo el campeonato oficial.
Art. 94.-
Si un Club tiene dos o más equipos en una misma categoría necesariamente deberán
cambiar de nombre para facilitar el trabajo del Comité Técnico y evitar confusiones.
Art. 95.-
los Clubes que por eludir sanciones económicas y otros aspectos quieran cambiar
de nombre o recurran a cualquier ilegalidad, no serán aceptados en futuros certámenes
organizados por la Liga siempre y cuando sean reconocidos por la Liga.
Art. 96.-
El Directorio, Comité Técnico, Comité de Penas y delegados de Clubes afiliados
a la LIDEPA., y en estricto cumplimiento de todas y cada una de las normas establecidas
en el estatuto y el presente reglamento interno lo cual se deberá cumplir el
reglamento caso contrario serán sancionados según el reglamento.
CAPITULO
XII
DE
LAS SANCIONES Y PENALIDADES
Art. 97.-
(De las expulsiones de un jugador).- Todo jugador que sea expulsado por el
arbitro será suspendido por lo menos un partido, así mismo todo jugador
expulsado no podrá volver a actuar hasta conocerse el fallo del Comité de cada
disciplina o Comité de Penas y cumpla su sanción.
Art. 98.-
(De las sanciones a Dirigentes y Jugadores).- serán sancionados de acuerdo a
las siguientes causales:
a)
Con
la suspensión de un partido:
I)
Jugadores que no firmen la planilla
correspondiente a la culminación del primer tiempo y antes de la iniciación del
segundo tiempo,
II)
Al jugador que fuera expulsado por
acumulación de dos tarjetas amarillas.
III)
Al jugador que acumule cinco
amonestaciones (cinco tarjetas amarillas).
IV)
El jugador que agrediese de palabras a
los jugadores contrarios o de su mismo equipo.
V)
Al jugador que se presente en estado de
ebriedad, se procederá al cambio obligatorio y será sancionado con la
suspensión correspondiente (un partido).
VI)
Por juego brusco sin mala intención.
VII)
Por lanzar deliberadamente el balón
fuera del campo de juego o hacia otra persona.
VIII) Por
desobedecer las ordenes del árbitro.
IX)
El jugador que cambie de numeración en
su camiseta sin consultar al árbitro o a la mesa de control.
X)
Los que reinciden en cualesquiera de las
causales de este inciso y numeral (ambos), se duplicara la sanción (con dos
partidos).
XI)
Al Capitán por no firmar en planilla
como capitán.
b) Con la suspensión de
dos partidos.
I)
Por juego mal intencionado y alevoso.
II)
Por tarjeta roja directa.
III)
Por agresión mutua o agresión al
contrario y Tribuna.
IV)
Por insultos, injurias o ademanes
obscenos al Publico.
V)
Los que reinciden en cualesquiera de las
causales de este inciso y numeral (ambos) se duplicara la sanción (con cuatro
partidos).
c) Con la suspensión de
tres partidos:
I)
Por insulto o agresión de palabras al
arbitro, Fiscal, Veedor, Planillero(a) o Dirigentes de la Liga. Se considerara agresión
de palabras los insultos, ademanes, groseros, injurias, burlas, provocaciones,
amenazas, etc.
II)
Los jugadores que intenten agredir al
arbitro, Fiscal, Veedor, Planillero(a) o Dirigente de la Liga.
III)
Por actos bochornosos dentro o fuera del
campo de juego a trabes de actitudes que vaya en contra de la moral y las
buenas costumbres.
IV)
Los que reinciden en cualesquiera de las
causales y de este inciso y numeral (ambos) se duplicara la sanción (con seis
partidos).
d) Con la suspensión de
seis (6) meses, se sancionara en los siguientes casos:
I)
Los jugadores o Delegados, que actúen en
forma maliciosa y/o manifiesta con el propósito de favorecer o perjudicar a un
tercer club y que sean identificados visiblemente.
II)
Jugadores, delegados y dirigentes del
club que se encuentren consumiendo bebidas alcohólicas en exceso en los predios
del campo deportivo
III)
Los jugadores o dirigentes que permitan
la suplantación de jugadores y alteren documentos.
IV)
Los delegados, dirigentes, o jugadores
que cambien su informe inicial o que alteren las planillas para favorecer o
perjudicar a otro Club, una vez finalizado el partido.
V)
Por juego brusco que produzca lesiones
graves contusiones al contrario, debiendo el jugador y/o el Club correr con los gastos de
curación.
e) Sera suspendido del
seno de la Liga (LIDEPA) en todas sus funciones que desempeñan Los, jugadores,
delegados y dirigente de club y los mismos equipos
La
persona que cometa los siguientes actos:
I)
Actuando como espectador antes, durante
o después de los partidos, falte con palabras, ademanes a la mesa de control,
arbitro, jugadores, publico presente o algún miembro de la Liga.
II)
El
que provoque escándalos en la Liga, campo de juegos u otros lugares, con
palabras o hechos que pongan en riesgo el prestigio de la Liga, previo proceso
del Consejo Central o Tribunal de Honor.
III)
Dirigente o delegado que se presente en
estado de ebriedad con actos bochornosos a las reuniones ordinarias y otros
actos organizados por el directorio de la Liga.
IV)
En caso de reincidencia se duplicara la
sanción.
Para
la sanción a los actos al que hace mención el numeral anterior , con carácter
previo se instaurara proceso ante el Comité de Penas y apelaciones a denuncia
del Directorio, secretarios de Comité o Delegados acreditados a la liga de
acuerdo al caso que amerite.
f) Con la suspensión de UN
AÑO CALENDARIO:
I)
El jugador que firme tarjeta de
actuación o kardex para dos o más equipos simultáneamente previa comprobación y
proceso a seguirse ante los Comités a denuncia del Club afectado, Debiendo este
mediante oficio a la Liga indicar la institución en la que actuara en el
siguiente campeonato Oficial.
II)
Por juego brusco que produzca lesiones
graves, contusiones al contrario, debiendo el jugador y/o Club correr los
gastos de curación correspondiente.
III)
En caso de suplantación de tarjeta se
sancionara con un año calendario al jugador suplantador, en caso de comprobarse
e identificado de que este pertenezca a otro Club de la Liga.
IV)
El jugador o dirigente del club que
agrediera de hecho al planillero(a), Fiscal de turno, Veedor o Directorio de la
Liga, en caso de producirse lesiones el club y los jugador correrán con los
gastos de curación, daños y perjuicios que ocasionara.
V)
En caso de producirse actos bochornosos
o peleas hasta cinco (5) jugadores de cada equipo, en cancha o fuera de ella
(en inmediaciones), la sanción será para los Clubes, jugadores y/o delegados,
dirigentes que serán identificados, sin derecho a apelación.
VI)
En caso de producirse peleas en el que
participen más de cinco (5) jugadores por equipo la sanción se ampliara hacia el
club que provoquen los incidentes y la eliminación del campeonato sin derecho a
apelación.
VII)
En caso de reincidencia en los numerales
anteriores en es inciso, la sanción se ampliara a tres años.
Art. 99.-
(De las sanciones por agresión al árbitro).- Serán sancionados de uno a tres
años en los siguientes casos:
a) La
agresión de hecho al árbitro por parte de uno o más jugadores, por dirigentes o
por delegados de un Club.
b) En
caso de que el agresor fuera jugador, dirigente o delegado de un Club, a un
cuando no estuviese actuando, la sanción será en todas las funciones que
desempeñan.
c) En
caso de reincidencia en cuales quiera de los incisos anteriores, se duplicara
la sanción correspondiente.
Se
considera agresión de hecho a los siguientes casos: salivar, empujar, dar empellón,
dar bofetadas, puñetazos, puntapié, cabezazo, golpe con objeto contundente o de
otra naturaleza.
Art. 100.-
Los jugadores que sean castigado en el campeonato oficial, campeonato amistad u
otros por un tiempo determinado, de tres años, seis meses o uno a tres años
calendarios, cumplirán a la fecha de la sanción sin interrupciones de ninguna
clase.
Art. 101.-
Los jugadores expulsados con uno o mas partidos (seis partidos) la sanción
cumplirá en el campeonato al que corresponda su expulsión.
Art. 102.-
Los jugadores que sean expulsados habiendo alternado en otra categoría, la
sanción la cumplirá en la categoría que fue expulsado y no podrá jugar en
ninguna otra categoría hasta que cumpla su castigo y lo mismo es para el
jugador juvenil y senior.
Art. 103.-
El Club que no tenga ninguna posibilidad de clasificar, Ascender, salvar
Descenso etc., y tenga que jugar con otro Club que necesite los puntos en
disputa, necesariamente deberá presentarse a disputar su encuentro y demostrar
ética deportiva. En caso de que actué antideportivamente, entregando los puntos
en disputa (goleada, pagar derecho de cancha para el rival etc.), serán
sancionados con un año calendario al Club y jugadores que actúen en el
encuentro.
CAPITULO
XIII
DE
LAS PERDIDAS DE PUNTOS
Art. 104.- Los
equipos perderán los puntos en disputa por los siguientes razones:
a) El
Club que hiciera más de cuatro (4) cambio de jugadores. A ecepción de Sénior
b) El
jugador que hayan sido expulsado por el arbitro y que se resista a salir del
campo de juego, dará origen a la suspensión del partido con la correspondiente
perdida de los tres puntos en disputa para su equipo, aun cuando estuviese
ganando el equipo al que pertenece el jugador expulsado.
c) El
Club que suplante jugadores, falsifique tarjetas, kardex, carnet de identidad,
registros y firmas de autoridades de la LIDEPA así como los jugadores.
d) El
club que alternara más cuatro jugadores cuando se trate de una misma
institución.
e) El
Club que no haga actuar a un jugador juvenil sub 19 en el primer tiempo o en el
segundo tiempo en su encuentro y esta plaza sea ocupada por un jugador mayor.
f) El
club que haga alternar de la categoría superior a la categoría inferior.
g) Si
ambos Clubes infringen el reglamento, el ganador perderá los tres (3) puntos en
disputa y al perdedor se le restara tres
(3) puntos ganados o por ganar.
Art.105.-
El fiscal de turno que no cumpla adecuadamente sus funciones establecidas, o
demuestren negligencia e irresponsabilidad sobre el desarrollo de los partidos,
será sancionado por la perdida de dos (2) puntos ganados o por ganar al Club
que represente, previo proceso y análisis realizado por el comité de penas.
Art.106.-
El Fiscal de turno o Veedor que se presente en la mesa de control en estado
inconveniente (con efectos alcohólicos) o abandone sus funciones, se
considerara como falta, sancionando con la perdida de tres (3) puntos ganados o
por ganar al Club que represente.
CAPITULO
XIV
DE
OTRAS DISPOSICIONES
Art. 107.-
Los Clubes deudores a la Liga están obligados a cancelar todas sus cuotas
pendientes para inscribirse en el próximo campeonato Oficial y Amistad, caso
contrario no se les admitirá en la Liga (LIDEPA), ateniéndose a los castigos
que establece el presente reglamento interno.
Art. 108.-
Todo Club afiliado a la Liga Deportiva Pacasa esta en la obligación de adquirir
el Reglamento interno a un costo que determinara oportunamente el Directorio y
sea aprobado en asamblea de Delegados.
Art. 109.-
Las sanciones establecidas en el presente reglamento interno podrán ser apelada
por el Club damnificado a instancias superiores, en casos especiales.
Art. 110.-
Una ves aprobado el presente reglamento interno en asamblea de delegados, el
Directorio a través de una resolución dejara sin efecto toda las disposiciones
del ANTERIOR reglamento interno, así como las que fueran contrarias a las
disposiciones del presente reglamento interno.
Art. 111.-
Otras disposiciones
a) El
presente reglamento tiene vigencia en todo campeonatos que organiza la Liga
Deportiva Pacasa ya sea el campeonato oficial, amistad y otros.
b) En
el campeonato Oficial cada equipo podrá habilitar jugadores profesional pero solo podrá jugar
uno (1) en cancha y dos (2) en planilla los jugadores deberán ser registrados
en la asociación de futbol de La Paz de la primera “A” o campeonato profesional
este registro será contabilizado a partir del 2011.
c) El
campeonato Amistad se jugara sin límite de edad.
d) Los
presidentes de los Clubes tienen los mismos derechos y obligaciones que un
Delegado, y que sean inherentes a su rango de Presidente de Club.
e) El
directorio tiene la potestad de reestructurar a sus miembros y componentes en
cualquiera de las carteras, en caso de producirse acefalias por renuncia,
abandono de sus funciones o la suspensión de su cargo, debiendo ser completado
por los vocales o delegados.
f) La
o las barras (INCHAS) que se les pesque o demuestres actos de agresión, pelea,
insultos con palabras de grueso calibre, entre ellas o que se refieran a los jugadores
y sean reconocidos por el fiscal, veedor o algún dirigente de la liga LIDEPA.
Se les sancionara de la siguiente manera:
1. Llamada
de Atención Al Club que pertenece la barra. (INCHAS)
2. 2
Llamada de Atención y Multa de 30 Bolivianos
3. Multa
económica de 50 Bolivianos y castigo al capitán del Equipo
4. Marginación
del Campeonato al Club al que pertenece
dicha barra (INCHAS)
CAPITULO
XV
DE
LA ESTRUCTURA INTERNA
Art.- 112.-
La Liga Deportiva Pacasa esta regida por una directiva cuya estructura es la
siguiente:
Un
Presidente, un vice-Presidente, un secretario de Actas, un secretario de
Hacienda y dos vocales.
Art. 113.-
Dentro de esta estructura, se considera el Comité Técnico y el Comité de Penas
que son órganos de apoyo y decisión respectivamente, que serán elegidos en la
primera Asamblea de Delegados con el quórum correspondiente y estarán
conformados por un Presidente y dos vocales.
Art. 114.-
Como principio general, los miembros del directorio de la Liga Deportiva Pacasa
tienen la obligación de cumplir (mas que los demás) con el estatuto orgánico y
el Reglamento interno, así como de las decisiones de la asamblea general de delegados. Los dirigentes que incurrieran
en malversación de fondos y/o aprobación indebida de bienes de la Liga
(fehacientemente comprobada) serán inhabilitados en forma definitiva para
ejercer cargos directivos o de delegados de Clubes, con el perjuicio de que se
le pueda seguir las acciones legales correspondientes en caso de ser
pertinente.
Art. 115.-
Ningún dirigente de la Liga podrá cumplir una función dual, es decir como
dirigente y como delegado de base. En caso de estar como directivo solamente le
será permitido la asistencia de su Club, pero no tendrá derecho a voz ni a voto
en representación de su Club o institución.
CAPITULO
XVI
DE
LOS RECLAMOS Y APELACIONES
Art. 116.-
Los reclamos pueden efectuarse ante la Asamblea general de delegados en forma
verbal o escrita (si lo requiere el presidente), cuando se traten de errores en
los registros, en los resultados, en las tarjetas amarillas, etc. Y estos serán
resueltos por el comité respectivo.
Art. 117.-
Las apelaciones deben hacerse por escrito ante el organismo respectivo y
debidamente fundamentado.
Art. 118.-
Se apelara ante el consejo central las sanciones que impliquen suspensión de
seis meses o mas, que se consideren
injustas y cuya apelación haya sido denegada
por el organismo del comité de penas.
Art. 119.-
Las apelaciones se presentaran ante las instancias correspondientes, dentro de
las 48 horas de conocida la sanción en Asamblea de delegados, y si esta no se
lleva a cabo, el plazo correrá desde el momento de su publicación en el panel de
la Liga Deportiva Pacasa.
Art. 120.-
Las sanciones por reincidencia, no tiene derecho a apelación.
Art.121.-
Las resoluciones finales del concejo central y del Tribunal de Honor son
inapelable y serán en uno de los siguientes sentidos:
CONFIRMATORIA:
Cuando
después de revisado el fallo de primera instancia, se constate la legalidad del
mismo.
REBOCATORIA:
Cuando
el procedimiento inicial haya sido equivocado, o la sanción emitida no sea
justa.
ANULATRIA:
Cuando
se hayan producido vicios de omisión o de exceso en el procedimiento, debiendo
anularse la resolución primitiva para reiniciar el procedimiento.
CAPITULO
XVII
NIVELES
DE JERARQUIA
Art. 122.-
Los niveles jerárquicos de justicia Deportiva son las siguientes:
a) El
Comité de Penas.
b) Consejo
Central.
c) El
Tribunal de Honor.
Art. 123.-
La conformación del Comité de Penas y Consejo Central se establece en el
capitulo XV Art. 112 y 113 de estos reglamento Interno. La estructura del
tribunal de Honor de la Liga (LIDEPA) es la siguiente:
PRESIDENTE:
Un
ex Presidente o un ex directorio de la Liga, que no tenga cuentas
pendientes ni procesos disciplinarios en
su contra, cuyo voto será dirimidor en caso de empate.
VOCALES:
Un
delegado de un Club afiliado a la Liga por cada categoría regular con vos y
voto.
Art. 124.-
El Tribunal Honor será elegido en Asamblea
de Delegados de acuerdo a la modalidad propuesta en la misma, este
Tribunal es de carácter eventual y transitorio, se conformara para tratar las
sanciones a las faltas de los directivos de la Liga y al final de la gestión de
la directiva, para evaluar su desempeño. Asimismo, quedara disuelto cuando
termine la misión para la que se formo y haya emitido la resolución correspondiente.
Art. 125.-
Los entes disciplinarios ya mencionados podrán emitir una de las siguientes
resoluciones:
CONDENATORIA:
Cuando los hechos denunciados se comprueben debidamente.
ABSOLUTORIA O DE INOCENCIA:
Si la denuncia no ha sido probada o se demuestre la inocencia del imputado.
Art. 126.-
El presente Reglamento Interno de Liga Deportiva Pacasa entra en vigencia a
partir del veintitrés de mayo del dos mil doce.
El
presente Reglamento Interno fue presentado a los Presidentes y Delegados de los
Clubes, en dos asambleas magnas, el mismo fue aprobado y modificado en detalle
y en revisión.
Este
Reglamento tiene una vigencia de cinco (5) años o mas fueron elaborados y
modificados por los delegados y el directorio de le Liga Deportiva Pacasa de
acuerdo a nuestras necesidades de futbol siete.
Presidente Vicepresidente Fiscal General
Presidente comité técnico Presidente Comité de Penas Secretario de Hascienda
Secretaria
de Actas Delgado Primera de
Honor Delegado Sénior
Delegado Primeras de
Ascenso Delgado Segundas
de Ascenso
La Paz - Bolivia