lunes, 30 de septiembre de 2013

Rol de Partidos del 5 y 6 de Octubre



ROL DE PARTIDOS
  CAMPEONATO OFICIAL 2013
Sr. JUAN LOPEZ CANAVIRI
  SABADO 5 DE OCTUBRE

FISCAL DE TURNO POR LA TARDE:      J. Y. HERMANDAD              HONOR                               
VEEDOR DE TURNO POR LA TARDE:    GRUPO  F. A. C                  SENIOR  

HORA
CATEGORIA
CLUB
vs
CLUB
OBS.






13:50
2das de ASC
HORMIGONES

UNION ZALLES

15:00
2das de ASC
BLACK MAGIC

UNION LIBERTAD

16:00
2das de ASC
COCAINE

ZONA CERO

17:00
2das de ASC
BARZA

SANTOS  F. C.


     DOMIGO 6 DE OCTUBRE
    
FISCAL DE TURNO POR LA MAÑANA:      JHANNARY                   HONOR                               
VEEDOR DE TURNO POR LA MAÑANA:    ZONA CERO              2 das de Ascenso        

HORA
CATEGORIA
CLUB
vs
CLUB
OBS.






07:50
SENIOR
GRUPO  F. A. C.

COSMOS

09:00
SENIOR
C. A. F. U.

SENDERO DE PACASA

10:00
1ra de ASC
PUMAS DE VISCACHANI

C. D. J.  DESASTRES

11:00
1ra de ASC.
JAMUY  F. C.

SENDERO DE PACASA

12:00
1ra de ASC
CENTRAL AGUILAS

BACARDY   F. C.


FISCAL DE TURNO POR LA TARDE:      C. A. E. E.                                        HONOR                               
VEEDOR DE TURNO POR LA TARDE:    UNION  LIBERTAD           2 das de Ascenso        

HORA
CATEGORIA
CLUB
vs
CLUB
OBS.






13:00
1ra de ASC
SIEMPRE  JU. RE.

LM  OF  BOCA

14:00
1ra de ASC.
HALCONES

WARNES

15:00
1ra de ASC
AMIGOS FOREVER X 

LAGARTOS

16:00
SENIOR
ZAS CHOLITA

LAGARTOS

17:00
SENIOR
ESPARTACK

CALBERT


-          NO SE SUSPENDEN LOS PARTIDOS POR NINGUN MOTIVO.
-          LOS EQUIPOS DE HONOR, SENIOR Y PRIMERAS DE ASCENSO DEBEN TENER EL UNIFORME COMPLETO (polera, corto y medias) CASO CONTRARIO NO PODRAR JUGAR.
-          TODOS LOS JUGADORES DEBEN TENER SUS CANILLERAS PARA SU PARTIDO EN TODAS LAS CATEGORIAS CASO CONTRARIO NO PODRAN JUGAR.
-          LA FALTA A FISCAL O VEEDOR ES SANCIONADA CON LA PÉRDIDA DE 3 PUNTOS PARA EL FISCAL 3 Y 2 PARA EL VEEDOR Y LA MALA FISCALIA O VEEDOR ES SANCIONADO CON LA PERDIDA DE 2 PUNTOS GANADOS O POR GANAR.
-          TODOS LOS EQUIPOS DEBEN PRESENTAR BALON EN BUEN ESTADO Y NO ASI EN MALAS CONDICIONES CASO CONTRARIO SE PAGA UNA MULTA DE 30 BOLIVIANOS
-          PROXIMA REUNION DE DELEGADOS MIERCOLES 9 DE OCTUBRE EN LA SEDE SOCIAL  A HORAS 20:30 pm.


EL DIRECTORIO

lunes, 16 de septiembre de 2013

Reglamento Liga



CAPITULO  I
DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1.- El presente Reglamento Interno de la disciplina de Futbol, se ajustan a los principios y finalidades establecidos en los estatutos y reglamentos de la liga deportiva Pacasa (LIDEPA).

Art. 2.- Estos reglamentos establecen los derechos y obligaciones de los clubes incorporados en el seno de la liga, los que deben respetarse estrictamente todas las prescripciones. Así mismo la norma de los procedimientos de la inscripción, afiliación, permanencia, promoción, categorización, penalización y desafiliación de esta Liga Deportiva Pacasa (LI. DE. PA. )

Art. 3.- De la misma manera, estipula las funciones, atribuciones, derechos y obligaciones de los directivos de La liga y de los delegados, dirigentes y jugadores de los clubes, quienes deberán acatar fielmente todas sus atribuciones y en caso de transgresión o desacato, serán sometidos a las disposiciones del capitulo disciplinario.

CAPITULO II
DE LAS CONVOCATORIAS

Art. 4.- El campeonato Oficial de la Liga Deportiva Pacasa se iniciara en la primera quincena de mes de abril de cada año y a la finalización de la misma se llevara a cabo el campeonato Amistad.

Art. 5.- Las convocatorias a los distintos campeonatos se emitirán y publicaran por lo menos con un mes de anticipación para la iniciación de los mismos.

Art. 6.- La convocatoria para cada campeonato Oficial, deberán completar todas las categorías o divisiones en forma conjunta teniendo en cuenta las características y particularidades de cada categoría.

Art. 7.- Los clubes a tiempo de inscribirse deberán cancelar el derecho de inscripción, garantía y otros de acuerdo a lo establecido en la convocatoria al campeonato.

Art. 8.- Los clubes para participar en el campeonato Oficial deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a)      Presentar el formulario de inscripción entregado por la Liga Deportiva Pacasa, debidamente llenado a maquina y no a manuscrito, con las correspondientes firmas de sus directivos.
b)      Presentar el recibo de pago de derecho de inscripción.
c)      Los clubes nuevos deberán pagar el derecho de afiliación el cual es de 35 Bolivianos.

Art. 9.- No se recibirá la inscripción de los Clubes que se encuentren involucrados en los siguientes casos:
a)      Los Clubes expulsados de la Liga Deportiva Pacasa mediante Resolución dictada por el comité de penas o Consejo Central de la Liga.
b)      Los Clubes que tengan cuentas pendientes con la Liga Deportiva Pacasa por cualquier concepto.

c)      Los clubes que vencido el termino reglamentario no hubiesen realizado la inscripción, para lo cual el Comité Técnico elaborara el acta correspondiente en forma detallada.

CAPITULO  III
DE LOS CLUBES PARTICIPANTES

Art. 10.- Los Clubes afiliados a la Liga Deportiva Pacasa, tienen el derecho de participar en el Campeonato Oficial de cada año en las Categorias de primeras de Honor, primeras de Ascenso, segundas de Ascenso, Juvenil y Seniors y en el campeonato Amistad. Así mismo todos los Clubes que deseen participar.

Art.11.-Un Club estará afiliado legalmente a la Liga Deportiva Pacasa, tomando en consideración los siguientes aspectos:

a)      La afiliación consiste en:
1)      Solicitud de inscripción a la Liga Deportiva Pacasa.
2)      Derecho de afiliación de la Liga Deportiva Pacasa.
3)      Antigüedad en la Liga Deportiva Pacasa (participación consecutiva en dos o más Campeonatos Oficiales).
b)      Los Clubes de primeras de Honor y primeras de Ascenso que no participen en el Campeonato Oficial perderán la Categoría. Pudiendo inscribirse en el siguiente año en la categoría de segundas de Ascenso.
c)      Los Clubes o equipos de Segundas de Ascenso que no se inscriban perderán su antigüedad. (excepto aquellos Clubes que hubieran solicitado permiso con una nota dirigida a la Liga Pacasa).
d)     La Liga únicamente concederá permiso a los equipos de Segundas de Ascenso y Seniors por el lapso de un año deportivo.

       Art. 12.- Se establece que el campeonato Oficial se disputa en las siguientes categorías:

                 CAMPEONATO OFICIAL

a)      Primeras de Honor          12 Clubes o equipos.
b)      Primeras de Ascenso       12 Clubes o Equipos.
c)      Segundas de Ascenso      De acuerdo a convocatoria.
d)     Seniors                             De acuerdo a convocatoria.
e)      Juvenil sub 17 y otros      De acuerdo a convocatoria.

                 CAMPEONATO AMISTAD

a)      De acuerdo a convocatoria.

Art. 13.- Los alcances del presente Reglamento Interno de la Liga Deportiva Pacasa, así como de sus determinaciones, no podrán ser modificados por las convocatorias anuales.

Art. 14.- Los pagos de inscripción, afiliación, garantías, multas etc. Que será establecido y actualizado para cada gestión por el directorio de la Liga Deportiva Pacasa de acuerdo a la situación económica vigente.

Art. 15.- Para los Clubes participantes en las divisiones o categorías de primeras de Honor, primeras de Ascenso y segundas de Ascenso no existe límite de edad; en tanto para la categoría Seniors será de 40 años para adelante y un jugador de 39 años cumplidos en cancha.

CAPITULO IV
DE LOS JUGADORES Y SU HABILITACION

Art. 16.- El Comité Técnico es el único responsable del registro y habilitaciones de las tarjetas y kardex de jugadores de los equipos participantes en el Campeonato Oficial y Amistad.

Art. 17.- El número de jugadores  a ser habilitados por cada Club en las categorías de: Primeras de Honor y Senior es de 25 jugadores como máximo y en las categorías de: Primeras de Ascenso y Segundas de Ascenso 17 jugadores como máximo, incluyendo su o los juvenil sub 19 y sub 39 de Senior

Art. 18.- Todo jugador para ser habilitado debe cumplir imprescindiblemente con los siguientes requisitos:

a)      Presentar las tarjetas y kardex debidamente llenados a maquina con la respectiva firma del jugador, dando el delegado o club su conformidad y evidencia sobre los datos señalados en las tarjetas y kardex, en caso de que faltara algún dato o tenga alteraciones  o  borrones, la o las tarjetas no serán habilitadas bajo ninguna circunstancia, siendo responsabilidad exclusiva del delegado o directivos del Club.
b)      Las tarjetas de actuación y el kardex en todas las categorías para estar habilitadas deberán contener necesariamente los siguientes datos fidedignos.
1)      Nombre del Club.
2)      Nombres y Apellidos del jugador. (Aclarar si lleva un nombre o un apellido)
3)      Fotografía actual tamaño carnet y sin ningún aditamento (sin gorra ni lentes).
4)      Fecha de Nacimiento.
5)      Firma usual del jugador (no rubrica).
6)      Numero de registro del comité Técnico (con sello numerador).
7)      Fecha de habilitación (con sello fechero).
8)      Firma del presidente del Comité Técnico, con sello pie.
9)      Firma y sello del Presidente o Vice-presidente de la Liga Deportiva Pacasa únicamente y otros sellos de Liga.

c)      La falta de cualquiera de estos datos o especificaciones anteriores implica que el jugador no esta habilitada para jugar, por tanto el equipo infractor pierde los puntos en disputa, adjudicándose al equipo contrario los puntos, siendo de exclusiva responsabilidad de los directivos o delegados del Club.


Art. 19.- Para la habilitación de los jugadores de la categoría especial Juvenil, jugadores con un solo nombre y la categoría Senior es imprescindible la presentación del documento de Identidad C.I. o RIN y certificado de Nacimiento (Computarizado) original para verificar la edad del jugador participante, y una fotocopia para el archivo de la Liga.

Art. 20.- Las habilitaciones de las tarjetas de actuación se realizara el día viernes de cada semana en la oficina de la Liga Pacasa  (caseta de control)  de 20:30  a  22:30 p.m. se habilitara faltando 48 horas  antes de su partido  y por ningún  motivo se habilitara los días Sábados y Domingos.

Art. 21.- Se establece como termino para la habilitación de las tarjetas de actuación en todas las categorías hasta 48 horas antes de la iniciación de la segunda rueda vale decir en primeras de Honor, primeras de Ascenso, segundas de Ascenso, Sénior y Juvenil sub 16 y en campeonato Amistad el Plazo fenecerá hasta 48 horas antes de inicio de la segunda fase de la clasificación.

Art. 22.- Cuando un jugador habilitado por un determinado club no haya jugado ningún encuentro ni siquiera en forma parcial, el club podrá pedir por escrito la anulación de dicha habilitación para inscribir a otro jugador en su lugar con el mismo numero de registro.

Art. 23.- Los clubes de la categorías de primera de Honor, primera de Ascenso y segunda de Ascenso están obligados hacer actuar en cancha a un jugador Juvenil Sub- 19 por cumplir en cada partido, debiendo el mismo obligadamente jugar uno de los tiempos, siendo la tarjeta del Jugador Juvenil de color diferente o sello para hacer conocer cual es el juvenil.

Art. 24.- Los jugadores habilitados en Seniors o Segundas de Ascenso podrán alternar con su misma tarjeta en la categoría superior en un número máximo de (3) tres jugadores en planilla y en cancha, siempre y cuando se trate de un mismo club o institución, siendo la tarjeta de Sénior o Segundas de Ascenso de color diferente o sello para hacer conocer cual es cual tarjeta.

Art. 25.- Los jugadores habilitados en las categorías de primeras de Honor, primera de Ascenso y segunda de Ascenso podrán jugar en la categoría de Sénior cuando tengan la edad requerida debiendo contar con su respectiva tarjeta y Kardex del club al que representara.

Art. 26.- Los jugadores Juveniles que se encuentran disputando el campeonato de su Categoría en un mismo club o Institución, podrán alternar en todas las categorías del mismo Club con su tarjeta y sin límite alguno. Siendo la tarjeta del Jugador juvenil de color diferente (excepto a sénior).

Art. 27.- En caso de no contar con jugador juvenil, La plaza no podrá ser cubierta por otro jugador mayor de sub 19 y el Club disputara su encuentro solamente con 6 jugadores, en caso de transgredir este aspecto el equipo infractor será sancionado con la perdida del partido y los puntos se adjudicaran al equipo contrario.

Art. 28.- No podrán ser habilitados los jugadores en los siguientes casos:

a)      Los jugadores que hubieran sido expulsados por transgresión al estatuto y reglamento interno.

b)      Quienes estando castigados por uno o mas años y habiendo transcurrido el tiempo de su castigo hubieran reincidido durante el tiempo de su sanción en faltas y agresiones en contra de jugadores, delegados de Club, dirigentes, Fiscales, delegados de mesa, hinchas, árbitros y otras personas relacionadas con la liga Deportiva Pacasa.
c)      Dirigentes de la Liga Deportiva Pacasa, dirigentes de Clubes, Delegados, jugadores, etc. Que tengan cuentas pendientes con la Liga Deportiva Pacasa.
d)     Los jugadores que hayan tenido walk-overs por eliminación en su Club.

CAPITULO V
DEL SISTEMA DE JUEGO

Art. 29.- De los puntos disputados en todos los partidos, se considera TRES (3) puntos ganados y en caso de empate UN (1) punto a cada equipo o Club.

Art. 30.- En caso de W.Q. El Club favorecido con este resultado se le asignara TRES (3) puntos y TRES (3) goles a favor y CERO (0) Al Club infractor debiendo cancelar su WQ antes de su próximo partido.

Art. 31.-De acuerdo al puntaje obtenido por cada Club se establecerá el primero, segundo, y otros lugares en la tabla de posiciones de la siguiente manera:

a)      Obtendrá el campeonato el Club que haya logrado acumulado el mayor número de puntos con relación a los otros Clubes.
b)      Obtendrá el Sub-campeonato el Club que haya ocupado el segundo puesto en la tabla de posiciones.
c)      Obtendrá el tercer, cuarto y los siguientes lugares de acuerdo al cómputo de puntos.

Art. 32.- La modalidad de sistema de campeonato para todas las divisiones y Categorías de los Clubes participantes en la Liga Deportiva Pacasa será aprobada para cada gestión Deportiva en reunión ordinaria con la participación de los delegados de Clubes, la misma que será homologada mediante resolución de concejo central para su puesta en vigencia.

Art.33.- En caso de la definición de un campeonato que implique ascenso, clasificación o descenso de categoría, y se presentara uno o mas empates en la tabla final de posiciones se resolverá de la siguiente manera:
a)      Cuando DOS (2) equipos obtengan igual puntaje, se jugara un partido extra de desempate que será programado por el Comité Técnico que determinara día y hora del encuentro.
b)      En caso que sean TRES (3) los equipos que obtengan igual puntaje, el Comité Técnico procederá a un sorteo en presencia de los interesados por el que uno de los Clubes (el ganador del sorteo), tendrá derecho a jugar el ultimo partido con el ganador del partido extra entre los equipos no favorecidos en el sorteo, conforme lo prescrito en el inciso anterior e incisos siguiente.
c)      En caso de ser CUATRO (4) los equipos que obtengan igual puntaje, se jugaran dos partidos extras por sorteo, debiendo los ganadores enfrentarse en un nuevo encuentro como se previene en el inciso a) del presente articulo.

d)     Si persistiera el empate luego de jugados los partidos extras de los incisos anteriores, se jugara un tiempo suplementario de 20 minutos (10 minutos por lado).
e)      De persistir el empate en el tiempo suplementario, se procederá a la ejecución de CINCO (5) lanzamiento de penales por equipo, por los que serán ejecutados por cinco jugadores distintos.
f)       Si después de ejecutados los cinco penales persiste el empate, se procederá al lanzamiento de penales en forma alternada por cada equipo o Club hasta lograr el desnivel.
g)      Si dos o más equipos igualaran en puntos el segundo, tercero, cuarto, etc. Puestos en la tabla de posiciones, la clasificación se determinara por el gol diferencial de la ultima fase en Segundas de Ascenso, Seniors y divisiones inferiores.
h)      En primera de Honor y primera de Ascenso se tomara en cuenta la diferencia de goles de las dos ruedas del campeonato.
i)        De igualar en el gol diferencia, se tomara en cuenta al equipo que haya obtenido el mayor número de goles a favor en la tabla de posiciones.

Art. 34.- Para determinar los descensos de las categorías de primeras de Honor y primera de Ascenso, se computara de la siguiente manera:

a)      Descenderán los dos últimos equipos que hayan obtenido en la tabla final de posiciones el menor puntaje con relación a los otros Clubes.
b)      Si fueran dos o más equipos empatados en el penúltimo de la tabla final de posiciones, se aplicara lo dispuesto en el artículo 33 anterior en todos sus incisos.

CAPITULO VI
DE LAS REGLAS DE JUEGO

Art. 35.- El Directorio, Comité Técnico (Comité de Futbol), Comité de Penas (Tribunal de Justicia), así como los Clubes de las diferentes categorías del campeonato Oficial, y de Amistad, se sujetara al presente Reglamento Interno y las reglas de la F.I.F.A.

Art. 36.- El Comité Técnico previo sorteo que realizara en presencia de cada uno de los delegados de cada una de las categorías se elaborara el respectivo sorteo numérico el cual será la base para la realización del rol general de los partidos, que no será modificado hasta su finalización. Al  que se sujetara los respectivos encuentros.

Art. 37.- De acuerdo al rol general de partidos, el Comité Técnico en asamblea general hasta el día miércoles como máximo, hará conocer el horario y los encuentros a disputarse en la semana, dicha programación una vez publicado no podrá ser alterado o modificado por ningún motivo.

Art. 38.- Las categorías de primeras de Honor y primeras de Ascenso juraran los domingos en dos periodos de 28 minutos con descanso de 4 minutos para firmar la planilla y la categoría segunda de Ascenso, Seniors y Juvenil sub 16 jugaran los sábados o domingos inclusive los feriados en dos periodos de 28 minutos con descaso de 4 minutos para firmar planilla.


Art. 39.- los Clubes que deben cumplir sus encuentros de acuerdo al rol establecido, deberán abonar a la Liga por concepto de derecho de cancha, multas, amonestaciones, etc. Conforme a lo determinado al inicio de cada partido.

Art. 40.- Los partidos se iniciaran a la hora programada, estableciéndose una tolerancia de 10 minutos solo para el primer partido de cada fecha y no así para los restantes partidos, que debe iniciarse una ves concluido el encuentro precedente.

Art. 41.- Los Clubes programados para cumplir sus encuentros de acuerdo al rol establecido antes del inicio del partido deben cumplir los siguientes requisitos.

a)      Presentar las tarjetas de actuación antes de inicio del encuentro.
b)      En todos los campeonatos que organiza la Liga Deportiva Pacasa, las distintas categorías deberán ingresar al campo de juego debidamente uniformados y con la numeración correlativa del 1 al 99 caso contrario no podrá ingresar al campo de juego.
c)       No se permitirá la actuación de los jugadores cuyos números en su uniforme sean improvisados, como ser pintado con tiza, con marcador tela adhesiva u otros, ni tampoco a los jugadores que vistan distinto color en pantalón corto y medias en primeras de Honor, primeras de Ascenso y Senior.
d)     Deberán presentar el recibo de pagos por todas las obligaciones económicas canceladas, por lo que señale el recibo en su totalidad, derecho de cancha. Walk Overs, amonestaciones, multas por falta de balón etc. Hasta antes del segundo tiempo, caso contrario se procederá al W.O. correspondiente, que será controlado por el fiscal de turno según su recibo.
e)      Esta prohibido que los jugadores, usen calzados de goma durante los partidos, propios de otros deportes, (Voleibol, Básquet, Tenis, etc.).
f)       No ser menos de (5) Jugadores ni más de (7) Jugadores en cancha.
g)      Cuando en el trascurso del partido un equipo por cualquier causa (Expulsión, Lesión, Abandono, etc.) o que quedaran con menos de cinco (5) jugadores, el árbitro aplicara el W.O. respectivo, perdiendo el equipo infractor los puntos en disputa, aun cuando hasta ese momento estuvieran ganando o empatando el partido.
h)      El capitán de equipo debe identificarse con un brazalete (cintillo) de color diferente a la camiseta, no siendo permitido el uso de pañuelo u otras improvisaciones, el infractor (capitán) será sancionado con tarjeta amarilla por el árbitro.
i)        Cumplidos todos los requisitos de parte de los Clubes, el Fiscal de turno comunicara al árbitro para el inicio del partido, de acuerdo a la programación establecida, haciendo cumplir estrictamente el tiempo de juego.

Art. 42.- Se dará Walk Over a los equipos de acuerdo a las siguientes causas:

a)      Cuando no se presenten al campo de juego a la hora señalada en el rol de partidos o con un mínimo de 5 jugadores en cancha, previa verificación del Fiscal de Turno.
b)      Cuando no presenten sus tarjetas de actuación a la mesa de control hasta los 15 minutos del primer tiempo caso contrario se dará W.O.
c)      Cuando el Club no haya realizado la cancelación a la Liga por conceptos de: (Derecho de cancha, por W.Q, por balón y etc. Hasta antes de iniciarse el segundo tiempo.
d)      Cuando un equipo abandone el campo de juego antes de la conclusión del partido.
e)      En caso de que un equipo estuviera ganando y el equipo contrario abandone el campo de juego, se Procederá a dar W.O. respectivo, respetando el resultado en planilla.
f)       Cuando en el transcurso del partido, uno o mas jugadores fueran expulsados o retirados por lesión, y quedan con menos de cinco (5) jugadores.
g)      Cuando uno o mas jugadores sean retirado del campo de juego por no llevar la indumentaria deportiva correcta (camiseta, pantalón, corto y medias) y el equipo quede con menos de cinco (5) jugadores.  En especial las categorías de: Honor, primeras de Ascenso y Senior.
h)      En caso de que no se presenten los dos equipos en cancha por infracción de cualquiera de los incisos del artículo se procederá al doble W.Q.

El equipo o Club al incumplimiento en cualquiera de los incisos del presente articulo, será sancionada con la perdida del partido y los puntos se adjudicaran al equipo contrario.

Art. 43.- Los equipos o Clubes que tengan dos (2) W.Q. continuos o tres (3) discontinuos, serán eliminados del campeonato y serán sancionados por un (1) año y descenderán a la categoría inmediata inferior (segundas de ascenso), pudiendo inscribirse al año siguiente previo pago de su derecho de cancha o (W.Q.) por los encuentros no disputados en el campeonato.

Art. 44.- Todos los equipos están obligados a presentar para sus encuentros un balón de futbol reglamentario y en buenas condiciones de uso durante el encuentro, la no presentación del balón será sancionado con la multa económica de 20 Bs. Determinado en reunión de delegados y los Clubes participantes deberán izar su bandera deportiva con los colores de su indumentaria en el horario de su encuentro, caso contrario serán sancionados con la perdida de un punto.

Art. 45.- La mesa de control esta conformada por un Fiscal, un plánillero(a) y un veedor, designado en forma rotativa por el Comité Técnico, quienes velaran por el normal desarrollo de los encuentros. En caso de ausencia del Fiscal y Veedor  significara la perdida de tres (3) puntos ganados o por ganar al Club que pertenece dicha persona.

Art. 46.- El árbitro es el encargado del desarrollo del partido, y siendo el árbitro la máxima autoridad, quien obrara conforme al presente reglamento y disposiciones de la AFLP, FBF, y FIFA, por consiguiente los jugadores participantes deberán aceptar y acatar sin discusión todas sus determinaciones y decisiones dentro del campo de juego.

Art. 47.- En todas las categorías de la Liga Pacasa se permitirá efectuar tres (3) cambios incluido el arquero. Cuando un equipo o Club después de iniciado el partido quiera completar un jugador(es), deberán presentarse a la mesa de control con su tarjeta de actuación y con el numero de camiseta diferente a los ya registrado en planilla, excepto Sénior que es cuatro (4) cambios en planillas incluido el arquero.

Art. 48.- El jugador que sea sustituido por otro, no podrá reingresar a la cancha por ninguna razón. Asimismo ningún jugador podrá cambiar de numeración hasta la finalización del encuentro, salvo que realice el cambio con el arquero.


Art. 49.- Un partido podrá ser suspendido por las autoridades del encuentro, por las siguientes causas:

a)      Por falta de visibilidad a causa de la existencia de mucha neblina, abundante nieve o viento arenoso.
b)      Por estar el campo de juego en muy malas condiciones.
c)      Por razones de fuerza mayor, tales como convulsión social, agitación política, revolución u otra que haga peligrar la vida e integridad de los jugadores.

Art. 50.- Los partidos que hayan sido suspendidos por las razones mencionadas en el artículo 49, se programaran de acuerdo a los siguientes casos:

a)      Partido suspendido antes de iniciado, se programara al finalizar el campeonato.
b)      Partido suspendido después de iniciado se programara de acuerdo a la disponibilidad de horario, debiendo cumplirse únicamente el tiempo que falta jugar, con los mismos jugadores registrados en planilla, pudiendo completar o hacer los respectivos cambios luego de reiniciado el partido.

Art. 51.- Se podrá suspender  también un partido por falta de garantías, agresión al arbitro, pelea entre jugadores de ambos clubes, batalla campal, así mismo los partidos suspendidos por falta de garantías serán sometidos y resueltos por el Tribunal de Justicia Deportiva (Consejo Central) y Tribunal de Honor.

Art. 52.- No podrán actuar los jugadores habilitados en los siguientes casos:

a)      Aquellos sobre los cuales pesa sanción de suspensión por transgredir el reglamento y estatuto de la Liga.
b)      El o los jugadores que no presenten a la mesa de control con su tarjeta de actuación respectiva, antes de iniciarse el encuentro.
c)      Aquellos jugadores cuyas tarjetas de actuación se encuentran retenidas por el Comité Técnico o Comité de Penas, por expulsión, suspensión, apelaciones u otras razones y cuyos casos se encuentran pendientes de solución.

El Club o equipo infractor perderá los puntos en disputa, adjudicándose los mismos al equipo contrario.

Art. 53.- En caso de pérdida de tarjeta(s) de actuación ocurridos en el seno de la LIDEPA. O por parte de los clubes participantes, será valida la presentación de los Kardex por una sola vez,  solicitando con una nota escrita al Comité Técnico faltando 24 horas antes de su partido para la participación  del o los jugadores. Para el encuentro programado, no siendo aceptados otros documentos que no haya otorgado el Directorio, Comité Técnico o Comité de Penas debiendo necesariamente el club habilitar las tarjetas de actuación para su próximo encuentro.

Art. 54.- Todos los jugadores actuantes tienen la obligación de firmar la planilla de juego en la mesa de control con el uniforme deportivo propio del club, pudiendo hacerlo antes de la conclusión del partido, una ves finalizado el encuentro por ninguna razón se aceptaran que firmen la planilla. El jugador, que ingrese en remplazo de otro deberá firmar  la planilla antes de ingresar al campo de juego.

Art. 55.- En caso de que los equipos rivales tengan el mismo color de camiseta o uniforme, el Club más antiguo de la LIDEPA mantendrá su uniforme, y cuando se trate de clubes con la misma antigüedad, se efectuara un sorteo, debiendo cambiar el color de camiseta o utilizar ponchillos.

Art. 56.- El jugador que sea amonestado con tarjeta amarilla por el árbitro será sancionado con la multa de 2 Bs. La amarilla y la tarjeta roja si es doble amarilla no tiene costo.

Art. 57.- No podrán permanecer en el campo de juego ningún jugador solamente el delegado de club el mismo que podrá ser expulsado por el arbitro en caso de agresión o insultos y sancionado por el Comité Técnico y Comité de Penas por transgredir los Estatutos y Reglamentos de la Liga, disposición que la hará cumplir tanto el arbitro, como el Fiscal y Veedor de turno.

Art. 58.- Si existe sospecha de suplantación de jugadores esta deberá comprobarse durante el encuentro, será el delegado o ante la ausencia del mismo será el capitán de equipo quien requiera ante el Fiscal, Veedor o planillero de turno, la presencia del jugador cuestionado. El Fiscal exigirá que el jugador se haga presente en la mesa de control, dando además de cotejar la foto con la fisonomía del jugador, debiendo escribir sus datos personales registrados en la tarjeta de actuación y firmar en tres (3) oportunidades en el reverso de la planilla para comprobar la autenticidad de la firma. Esta será la prueba más fehaciente de la veracidad o falsedad de la denuncia, en caso de que el jugador comprometido no se presente por cualquier motivo negativa, evasivas, etc. Significara la aceptación del hecho, que hubo suplantación.

Art. 59.- Cualquier denuncia o reclamo referido al desarrollo del encuentro será realizado únicamente por los delegados, el presidente de club (previa presentación de su credencial de Delegado) por razones que consideren fundadas. Una vez finalizado el encuentro no se aceptaran reclamos ni denuncias y menos la anotación en planilla.

Art. 60.- Todo club denunciante deberá oficializar su denuncia, con una nota escrita a la Liga, o al Presidente del comité que requiera hasta el día lunes a partir de horas 20:30 a 21:45 p.m. pasado el tiempo establecido no se recibe la nota en el plazo estipulado no se dará curso al reclamo aunque este asentada en planilla, si la denuncia fue falsa e infundada, el club denunciante será sancionado con dos (2) puntos ganados o por ganar, el club denunciante también podrá hacer levantamiento o desestimación de la denuncia, mediante un oficio que enviara al Presidente del Comité que requiera, en el mismo plazo estipulado para la nota de denuncia, y ello eliminara cualquier sanción. Con un monto económico de 5 Bs. (establecido en reunión de delegados) para tener mayor seriedad en su nota enviada,

Art. 61.- Para el cambio de nombre de un club, aditamento al original o función de nombres, previamente deberán cumplir las formalidades legales que el caso requiera, debiendo ser de conocimiento previo a la Liga Deportiva Pacasa, enviando una nota escrita.






CAPITULO VII
DE LOS ASCENSOS Y DESCENSOS

Art. 62.- Ascenderán de manera automática a la categoría inmediata superior los Clubes que obtengan el campeonato y el subcampeonato respectivamente.

Art. 63.- Descenderán automáticamente a la categoría inmediata inferior los equipos que ocupan el ultimo y penúltimo lugar de la tabla final de posiciones.

Art. 64.- El descenso indirecto disputaran los Clubes de primeras de Honor y primeras de Ascenso ubicados en el antepenúltimo lugar de la tabla final de posiciones, debiendo definir con los equipos de primeras de Ascenso y segundas de Ascenso ubicados en el tercer lugar de la tabla de posiciones.

Art. 65.- El Ascenso y descenso indirecto se Efectivizara mediante un encuentro, que disputaran los equipos involucrados, tomando en cuenta las especificaciones del Capitulo V Art. 33.

Art. 66.- Si se produce la eliminación de un Club por W.O., falta antideportiva etc. Solo habrá un descenso directo y otro indirecto, si son eliminados dos Clubes solo habrá descenso indirecto, En caso de que sea en finales la eliminación es directo a Segundas de Ascenso.

Art. 67.- En caso de haber tres o mas Clubes eliminados en cualquiera de las categorías, ascenderán automáticamente los tres primeros equipos de la categoría inmediata inferior y habrá un descenso indirecto de categorías.

Art. 68.- Los Clubes de primeras de Honor y primeras de Ascenso que no participen en la gestión correspondiente, por cualquier razón, automáticamente descenderán a la categoría de Segundas de Ascenso respectivamente.

Art. 69.- Si en la categoría inmediata superior se presentaran vacancias en uno o mas puestos como consecuencia de los descensos previstos, equipos sancionados, equipos que no se inscriban, eliminados por W.Q., entonces los equipos de la categorías inferiores ascenderán de categoría para el campeonato oficial de acuerdo al orden que hubieran ocupado en la tabla final de posiciones para llenar las vacancias existentes.

CAPITULO VIII
DE LOS DELEGADOS Y CLUBES

Art. 70.- Todos los Clubes participantes a tiempo de solicitar su inscripción para la participación en el campeonato, deberán designar dos delegados: Un titular, un suplente e incluido el presidente previa presentación de credencial, quienes serán representantes de su Club ante la Liga Deportiva Pacasa.

Art. 71.- Las personas que sean designadas por el Club como delegados ante la Liga, deberán cumplir los siguientes requisitos:



a)      Ser mayor de 18 años.
b)      Ser designado por su Club mediante nota o formulario dirigido a la Liga.
c)      Portar su credencial de delegado, otorgado por la Liga debidamente llenado a maquina y habilitado por el Comité Técnico (sello de pie y firmas).
d)     No podrán ser delegado de dos Club en una misma categoría con la excepción que sea la misma institución o club.
e)      No tener  ninguna sanción ni cuentas pendientes con la Liga.

Art. 72.- Las reuniones ordinarias de delegados se realizaran los días miércoles cada 15 días y las extraordinarias se llevaran a cabo a convocatoria del presidente, o del directorio de la disciplina, o a petición de cinco delegados de Clubes aliados, para tratar asuntos de mucha urgencia y de importancia para la buena marcha de la Liga Deportiva Pacasa.

Art. 73.- Las reuniones ordinarias se efectuaran con el quórum correspondiente de la mitad mas uno de delegados, con una tolerancia de 15 minutos después de la hora señalada (20:30) de no existir el quórum necesario, los asistentes se reunirán en gran comisión para tratar de asuntos de urgencia; debiendo ser aprobadas en la siguiente reunión.

Art. 74.- El control de asistencia de las reuniones se realizara mediante la credencial otorgada por la Liga debidamente habilitada para cada gestión, sin cuyo requisito se computara como falta, pasado los 15 minutos de tolerancia iniciada la reunión pasado ese tiempo se considera como falta y no tendrá derecho ni a vos ni voto.

Art. 75.- El delegado que se presente a las reuniones en estado de ebriedad, será sancionado con la expulsión de la sala, y se considerara como falta.

Art. 76.- Las resoluciones adoptadas en las reuniones tendrán validas, a través de la aprobación por el voto porcentual de la mitad mas uno de delegados asistentes, pudiendo el presidente de la Liga emitir su voto para dirimir en caso de empate.

Art. 77.- El delegado de Club que incurra en falta a reuniones de la Liga, dos continuos o tres discontinuos será sancionado con la perdida de un punto ganado o por ganar, dos atrasos una falta y así sucesivamente de manera progresiva.

Art. 78.- La Liga por ningún motivo otorgara permiso a reuniones de delegados, pudiendo los presidentes de clubes en ausencia de sus delegados titular y suplente, asistir a las reuniones con los mismos derechos que tiene un delegado, vale decir con voz y voto, previa presentación de su credencial otorgado por la Liga, en caso de fuerza mayor, solicitara permiso con una nota escrita y su justificativo a la Liga por una sola vez.

Art. 79.- Los delegados y Presidentes de Clubes tienen los siguientes deberes y derechos:

a)      Es el representante nato de su Club ante la disciplina, no pudiendo asumir la representación de otro Club, debiendo acreditarse con la presentación de su credencial correspondiente.

b)      Intervenir en las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Liga teniendo derecho a voz y voto, ya sea el presidentes, Vicepresidente, Delegados titular y suplente, en caso de estar varios delegados del mismo Club presente en la reunión, solo un delegado tendrá vos y voto.
c)      Tiene derecho a elegir y ser elegido en cargos directivos, de acuerdo a los estatutos y Reglamento interno de la LIDEPA y de la disciplina.
d)     Efectuar los reclamos pertinentes por cualquier anormalidad que observare tanto referente a su Club, como a otros hechos, apelando las Resoluciones o decisiones que considere en contra de su Club.
e)      Es el directo encargado de habilitar a los jugadores de su equipo, asimismo de entregar las tarjetas de actuación de los jugadores de su Club.
f)       Proponer sugerencias para la modificación en los articulados del reglamento interno y otras disposiciones, conducentes a la buena marcha de la LIDEPA.
g)      Efectuar los reclamos u observaciones correspondientes en planilla con motivo de los encuentros que sostenga su Club, previa presentación de su credencial.
h)      Respetar las decisiones del Directorio de la Asamblea.
i)        Respetar a los miembros del Directorio en pleno, Comité Técnico, Comité de Penas y Consejo central.
j)        Asistir en forma obligatoria a toda actividad o acto programado por la Liga.
k)      Hacer efectivo las cuentas pendientes que tuviera su Club a la Liga.
l)        Concurrir al comité de Penas, Comité Técnico y directorio en caso de ser llamado para absolver cualquier aclaración, consulta o duda.

CAPITULO IX
DE LAS AUTORIDADES DEPORTIVAS

Art. 80.- Los miembros de la mesa de control designados por el Comité Técnico para los partidos programados por la Liga, estarán integrados por un fiscal un veedor y un planillero(a), quienes en el campo de juego representaran la autoridad administrativas de los encuentros.

Art. 81.- La máxima autoridad deportiva de cada fecha es el fiscal de turno, cargo ejercido por un delegado de Club, designado por el Comité Técnico para los partidos programados por la Liga, que tiene las mas amplias facultades para controlar el desarrollo de los partidos, y por ninguna razón podrá solicitar permiso en el cumplimiento de sus funciones, bajo pena de perder tres puntos ganados o por ganar.

Art. 82.- Para ser Fiscal o Veedor debe ser reconocido como Presidentes o Delegados de su Club y sera designado por el Comité Técnico, asimismo no puede ser un directivo o miembro de la LIDEPA. En caso de ausencia del fiscal o veedor un directivo de la liga se hara cargo de dicha ausencia pero como fiscal veedor y en las instancias finales los directivos de la liga serán las personas responsables de las fiscalías.

Art. 83.- Ante la ausencia del Fiscal de turno, el Veedor cumplirá esta función y en ausencia de ambos el Planillero o un Directivo de la Liga asumirá dicha función.


Art. 84.- El Fiscal de turno tiene las siguientes obligaciones:

a)      Deberá presentase en la mesa de control. 10 minutos antes del inicio de los partidos programados, y debidamente acreditado con la presentación de su respectivo credencial para cumplir su función, caso contrario se considerara como falta y su Club perderá tres puntos ganados o por ganar a excepción de ausencia de credencial deberá demostrar mediante un oficio el olvido de su credencial.
b)      Controlar la presentación de las tarjetas de cada Club entes de la iniciación de cada encuentro, balón e indumentaria de cada Club, impedir la actuación del jugador que no cumpla los requisitos.
c)      Comunicar al árbitro la iniciación y finalización de cada encuentro o partido controlando estrictamente el tiempo de duración de cada encuentro, (Hacer cumplir el horario de inicio y finalización de todos los partidos).
d)     Observar el desarrollo de los partidos e informar por escrito en planillas sobre la actuación del arbitro, la presentación de los equipos, conducta de los jugadores y toda situación anómala que se presentase en el partido, firmando de puño y letra las planillas, evaluando todos los datos contenidos en el correspondiente informe, y si no ocurriere nada anormal registrara en planilla SIN NOVEDAD.
e)      Si un Club no cánsela la suma total del derecho de cancha o recibos amonestaciones, multas, etc. Antes del inicio del segundo tiempo, informara al árbitro esta situación para que proceda el respectivo W.Q.
f)       Controlar que el árbitro se identifique y elabore su informe respectivo una ves que termine el partido firmando al pie de la planilla en estricto cumplimiento al reglamento.
g)      Una ves finalizada la jornada, observar minuciosamente que las planillas estén debidamente llenadas y cerradas con todo los datos e informes respectivos del encuentro.
h)      El Fiscal de turno por ningún motivo podrá ser sustituido por otra persona, excepto los otros representantes de su Club reconocido y debidamente acreditado con la presentación de su respectivo credencial, caso contrario se considerara como ausente de su función.
i)        Colaborara con el planillero en el cambio de los marcadores correspondientes para cada partido, cambiando el resultado en los mismos.
j)        Presentar informe ampliatorio en los casos que sea requerido por la instancia correspondiente.
k)      Controlara que no ingreses jugadores en estado de ebriedad a los predios de la cancha.

Art. 85.- Ante la ausencia del Fiscal de turno se sancionara con la perdida de Tres puntos ganados o por ganar y la mala fiscalía se sancionara con la perdida de Dos puntos.

Art. 86.- El Veedor tiene las siguientes obligaciones:
a)      Deberá presentarse en la mesa de control, 10 minutos antes del inicio de los partidos programados para cumplir su función.
b)      Determinar el estado de la cancha y sus condiciones, así mismo las inmediaciones de la mesa de control.
c)      Controlar la seguridad de la puerta de ingreso al campo de juego que debe permanecer serrada durante el desarrollo del partido o encuentro.

d)     Observara el desarrollo del partido para luego informar en planilla alguna anormalidad que se produjere.
e)      Informar por escrito al Comité Técnico o Comité de Penas cuando exista anormalidades dentro o fuera del campo  de juego, la actuación del árbitro, la conducta de los jugadores,                                                                                   dirigentes, delegados de Clubes y toda situación o anomalía que se presente en el partido, identificando a los protagonistas.
f)       El Veedor por ningún motivo podrá ser sustituido por otra persona, excepto los otros representantes de su Club reconocido y debidamente acreditado con la presentación de su respectivo credencial, caso contrario se considerara como ausente de sus funciones.
g)      Presentar informe en los casos que sea requerido por la instancia correspondiente.

Art. 87.- Ante la ausencia del veedor se sancionara con la perdida de tres puntos ganados o por ganar y el mal veedor se sancionara con la perdida de dos puntos.

Art. 88.- En la mesa de control existirá un planillero que es programado de manera continua y recibirá un pago en dinero por su trabajo, y para el cumplimiento de sus funciones tendrá las siguientes obligaciones:
a)      Deberá presentarse en la mesa de control 30 minutos antes del inicio de los partidos programados para cumplir su función.
b)      Recibir de la Liga las planillas correspondientes, el botiquín, ponchillos, inflador etc., teniendo bajo su responsabilidad los respectivos materiales.
c)      Registrar en planilla de actuación en forma correcta los nombres completos de los jugadores de cada Club, indicando el Nº, de registro de la tarjeta y Nº, de camiseta de cada jugador, en base a los datos que presente el delegado del Club.
d)     Registrar en planilla la hora de inicio y finalización del primer y segundo tiempo, 28 minutos por lado.
e)      Llevar el estricto control de los cambios que hagan los Clubes, reclamos y observaciones, indicando los goles obtenidos por cada Club, especificando en forma numérica literal.
f)       Indicar a los jugadores que firmen la planilla correspondiente antes del inicio del segundo tiempo del partido, llamando en su caso al delegado del Club o convocar a los jugadores que estén actuando sin firmar la planilla.
g)      Informar por escrito en planillas todas las tarjetas amarillas, tarjetas rojas, cambios etc., durante cada partido.
h)      Presentar las planillas de control debidamente llenadas y cerradas, tarjetas retenidas por amonestaciones, expulsiones u otras causas, unas ves finalizadas la jornada al Comité Técnico.
i)        Recibirá los pagos por derecho de cancha y otras obligaciones económicas que tengan los Clubes, extendiendo el recibo correspondiente.
j)        Hacer la correspondiente rendición de cuentas en el cuaderno de apuntes y entregar el monto recaudado al secretario de hacienda de la Liga Deportiva Pacasa una vez concluido el último partido de la fecha.

Art. 89.- Cuando se produzca hechos graves como agresiones, escándalos bochornosos, batalla campal de ambos equipos etc., el Fiscal de turno, el Veedor y planillero tiene la obligación de presentar su informe ampliatorio en forma escrita con la firma correspondiente, hasta el día Lunes después de la jornada realizada o en reunión del directorio de horas 20:30 a 21:00 p.m.
Art. 90.- El Fiscal y el Veedor son los únicos autorizados para indicar al arbitro la existencia de anormalidades en el cumplimiento de los requisitos de parte de los Clubes o jugadores y así mismo ordenar la iniciación del partido o que se de, el WQ respectivo.

Art. 91.- En ejercicio de sus funciones, Fiscal, Veedor y Planillero, están prohibidos con lo siguientes:

a)      Dar curso a la realización de encuentros de mutuo acuerdo entre los Clubes, sin que se hayan cumplido con las formalidades de rigor.
b)      Recibir dinero extra por pagos adicionales de derecho de cancha, flete de balón, ponchillos o por cualquier otro concepto, sin antes extender un recibo correspondiente.
c)      No puede ingerir bebidas alcohólicas o realizar actos que vayan contra el reglamento, la normalidad y las buenas costumbres.
d)     Infringir el Reglamento por favorecer o perjudicar a algún Club.

CAPITULO X
DE LOS ARBITROS

Art. 92.- El árbitro tiene las siguientes obligaciones:

a)      El arbitro esta obligado a presentarse en el campo de juego 15 minutos antes de la hora fijada para los partidos con el uniforme habitual y otro alternativo, debiendo cumplir y hacer cumplir las disposiciones del presente Reglamento.
b)      El arbitro deberá presentar su informe de los partidos realizados en la planilla de control indicando las novedades ocurridas en los partidos que les toco dirigir, debiendo realizar dicho informe a la conclusión de cada partido, bajo pena de ser sancionado de acuerdo a lo estipulado en el contrato firmado.
c)      El arbitro al ingresar a la cancha antes de su actuación, esta obligado a presentarse en la mesa de control con el objeto de ser identificado, así como igualar su cronometro con la mesa de control.
d)     El árbitro deberá rechazar el ingreso a la cancha a los jugadores que no hayan cumplido con los requisitos de su indumentaria en coordinación con la mesa de control.
e)      El arbitro deberá exigir que el jugador ingrese por la línea lateral cuando complete su equipo o haya salido momentáneamente del campo de juego por alguna circunstancia o cuando este produciendo el cambio.
f)       Ningún arbitro podrá ser delegado, o jugador ni dirigente perteneciente a un Club registrado en la Liga.
g)      El árbitro que provoque incidentes en el campo de juego será separado del colegio de árbitros, a solicitud del Directorio de Liga o de algún Club.
h)      El árbitro que se encuentre en estado inconveniente (ebriedad) será retirado del campo de juego por el Fiscal de turno y se solicitara la sanción correspondiente al colegio de árbitros.






CAPITULO XI
DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Art. 93.- Los Clubes que tengan dos o más equipos, se sujetan a las siguientes condiciones:

a)      Los jugadores de segunda de ascenso podrán actuar en la categoría superior y solo podrán alternar tres jugadores.
b)      La afiliación o garantía en Segunda de Ascenso es obligatoria si es equipo nuevo.
c)      Los Clubes que tengan su categoría Sénior podrán hacer alternar en las categorías superiores hasta tres jugadores en cancha y planilla.
d)     Todos los Clubes que deseen tener dos o más equipos, están obligados a cumplir con todo y cada uno de los requisitos del presente reglamento como si fuera otro Club.
e)      Todos los jugadores en categoría juvenil o sub 19 podrán alternar en sus categorías superiores primeras de Honor, Primeras de Ascenso y Segundas de Ascenso en forma irrestricta e indefinida por todo el campeonato oficial.

Art. 94.- Si un Club tiene dos o más equipos en una misma categoría necesariamente deberán cambiar de nombre para facilitar el trabajo del Comité Técnico y evitar confusiones.

Art. 95.- los Clubes que por eludir sanciones económicas y otros aspectos quieran cambiar de nombre o recurran a cualquier ilegalidad, no serán aceptados en futuros certámenes organizados por la Liga siempre y cuando sean reconocidos por la Liga.

Art. 96.- El Directorio, Comité Técnico, Comité de Penas y delegados de Clubes afiliados a la LIDEPA., y en estricto cumplimiento de todas y cada una de las normas establecidas en el estatuto y el presente reglamento interno lo cual se deberá cumplir el reglamento caso contrario serán sancionados según el reglamento.

CAPITULO XII
DE LAS SANCIONES Y PENALIDADES

Art. 97.- (De las expulsiones de un jugador).- Todo jugador que sea expulsado por el arbitro será suspendido por lo menos un partido, así mismo todo jugador expulsado no podrá volver a actuar hasta conocerse el fallo del Comité de cada disciplina o Comité de Penas y cumpla su sanción.

Art. 98.- (De las sanciones a Dirigentes y Jugadores).- serán sancionados de acuerdo a las siguientes  causales:
a)      Con la suspensión de un partido:

I)                   Jugadores que no firmen la planilla correspondiente a la culminación del primer tiempo y antes de la iniciación del segundo tiempo,
II)                Al jugador que fuera expulsado por acumulación de dos tarjetas amarillas.
III)             Al jugador que acumule cinco amonestaciones (cinco tarjetas amarillas).
IV)             El jugador que agrediese de palabras a los jugadores contrarios o de su mismo equipo.

V)                Al jugador que se presente en estado de ebriedad, se procederá al cambio obligatorio y será sancionado con la suspensión correspondiente (un partido).
VI)             Por juego brusco sin mala intención.
VII)          Por lanzar deliberadamente el balón fuera del campo de juego o hacia otra persona.
VIII)       Por desobedecer las ordenes del árbitro.
IX)             El jugador que cambie de numeración en su camiseta sin consultar al árbitro o a la mesa de control.
X)                Los que reinciden en cualesquiera de las causales de este inciso y numeral (ambos), se duplicara la sanción (con dos partidos).
XI)             Al Capitán por no firmar en planilla como capitán.

b)     Con la suspensión de dos partidos.

I)                   Por juego mal intencionado y alevoso.
II)                Por tarjeta roja directa.
III)             Por agresión mutua o agresión al contrario y Tribuna.
IV)             Por insultos, injurias o ademanes obscenos al Publico.
V)                Los que reinciden en cualesquiera de las causales de este inciso y numeral (ambos) se duplicara la sanción (con cuatro partidos).

c)      Con la suspensión de tres partidos:

I)                   Por insulto o agresión de palabras al arbitro, Fiscal, Veedor, Planillero(a) o Dirigentes de la Liga. Se considerara agresión de palabras los insultos, ademanes, groseros, injurias, burlas, provocaciones, amenazas, etc.
II)                Los jugadores que intenten agredir al arbitro, Fiscal, Veedor, Planillero(a) o Dirigente de la Liga.
III)             Por actos bochornosos dentro o fuera del campo de juego a trabes de actitudes que vaya en contra de la moral y las buenas costumbres.
IV)             Los que reinciden en cualesquiera de las causales y de este inciso y numeral (ambos) se duplicara la sanción (con seis partidos).

d)     Con la suspensión de seis (6) meses, se sancionara en los siguientes casos:

I)                   Los jugadores o Delegados, que actúen en forma maliciosa y/o manifiesta con el propósito de favorecer o perjudicar a un tercer club y que sean identificados visiblemente.
II)                Jugadores, delegados y dirigentes del club que se encuentren consumiendo bebidas alcohólicas en exceso en los predios del campo deportivo
III)             Los jugadores o dirigentes que permitan la suplantación de jugadores y alteren documentos.
IV)             Los delegados, dirigentes, o jugadores que cambien su informe inicial o que alteren las planillas para favorecer o perjudicar a otro Club, una vez finalizado el partido.



V)                Por juego brusco que produzca lesiones graves contusiones al contrario, debiendo el jugador  y/o el Club correr con los gastos de curación.

e)      Sera suspendido del seno de la Liga (LIDEPA) en todas sus funciones que desempeñan Los, jugadores, delegados y dirigente de club y los mismos equipos
La persona que cometa los siguientes actos:

I)                   Actuando como espectador antes, durante o después de los partidos, falte con palabras, ademanes a la mesa de control, arbitro, jugadores, publico presente o algún miembro de la Liga.

II)                 El que provoque escándalos en la Liga, campo de juegos u otros lugares, con palabras o hechos que pongan en riesgo el prestigio de la Liga, previo proceso del Consejo Central o Tribunal de Honor.
III)             Dirigente o delegado que se presente en estado de ebriedad con actos bochornosos a las reuniones ordinarias y otros actos organizados por el directorio de la Liga.
IV)             En caso de reincidencia se duplicara la sanción.

Para la sanción a los actos al que hace mención el numeral anterior , con carácter previo se instaurara proceso ante el Comité de Penas y apelaciones a denuncia del Directorio, secretarios de Comité o Delegados acreditados a la liga de acuerdo al caso que amerite.

f)       Con la suspensión de UN AÑO CALENDARIO:

I)                   El jugador que firme tarjeta de actuación o kardex para dos o más equipos simultáneamente previa comprobación y proceso a seguirse ante los Comités a denuncia del Club afectado, Debiendo este mediante oficio a la Liga indicar la institución en la que actuara en el siguiente campeonato Oficial.
II)                Por juego brusco que produzca lesiones graves, contusiones al contrario, debiendo el jugador y/o Club correr los gastos de curación correspondiente.
III)             En caso de suplantación de tarjeta se sancionara con un año calendario al jugador suplantador, en caso de comprobarse e identificado de que este pertenezca a otro Club de la Liga.
IV)             El jugador o dirigente del club que agrediera de hecho al planillero(a), Fiscal de turno, Veedor o Directorio de la Liga, en caso de producirse lesiones el club y los jugador correrán con los gastos de curación, daños y perjuicios que ocasionara.
V)                En caso de producirse actos bochornosos o peleas hasta cinco (5) jugadores de cada equipo, en cancha o fuera de ella (en inmediaciones), la sanción será para los Clubes, jugadores y/o delegados, dirigentes que serán identificados, sin derecho a apelación.
VI)             En caso de producirse peleas en el que participen más de cinco (5) jugadores por equipo la sanción se ampliara hacia el club que provoquen los incidentes y la eliminación del campeonato sin derecho a apelación.
VII)          En caso de reincidencia en los numerales anteriores en es inciso, la sanción se ampliara a tres años.

Art. 99.- (De las sanciones por agresión al árbitro).- Serán sancionados de uno a tres años en los siguientes casos:

a)      La agresión de hecho al árbitro por parte de uno o más jugadores, por dirigentes o por delegados de un Club.
b)      En caso de que el agresor fuera jugador, dirigente o delegado de un Club, a un cuando no estuviese actuando, la sanción será en todas las funciones que desempeñan.
c)      En caso de reincidencia en cuales quiera de los incisos anteriores, se duplicara la sanción correspondiente.

Se considera agresión de hecho a los siguientes casos: salivar, empujar, dar empellón, dar bofetadas, puñetazos, puntapié, cabezazo, golpe con objeto contundente o de otra naturaleza.

Art. 100.- Los jugadores que sean castigado en el campeonato oficial, campeonato amistad u otros por un tiempo determinado, de tres años, seis meses o uno a tres años calendarios, cumplirán a la fecha de la sanción sin interrupciones de ninguna clase.

Art. 101.- Los jugadores expulsados con uno o mas partidos (seis partidos) la sanción cumplirá en el campeonato al que corresponda su expulsión.

Art. 102.- Los jugadores que sean expulsados habiendo alternado en otra categoría, la sanción la cumplirá en la categoría que fue expulsado y no podrá jugar en ninguna otra categoría hasta que cumpla su castigo y lo mismo es para el jugador juvenil y senior.

Art. 103.- El Club que no tenga ninguna posibilidad de clasificar, Ascender, salvar Descenso etc., y tenga que jugar con otro Club que necesite los puntos en disputa, necesariamente deberá presentarse a disputar su encuentro y demostrar ética deportiva. En caso de que actué antideportivamente, entregando los puntos en disputa (goleada, pagar derecho de cancha para el rival etc.), serán sancionados con un año calendario al Club y jugadores que actúen en el encuentro.

CAPITULO XIII
DE LAS PERDIDAS DE PUNTOS

Art. 104.- Los equipos perderán los puntos en disputa por los siguientes razones:

a)      El Club que hiciera más de cuatro (4) cambio de jugadores. A ecepción de Sénior
b)      El jugador que hayan sido expulsado por el arbitro y que se resista a salir del campo de juego, dará origen a la suspensión del partido con la correspondiente perdida de los tres puntos en disputa para su equipo, aun cuando estuviese ganando el equipo al que pertenece el jugador expulsado.
c)      El Club que suplante jugadores, falsifique tarjetas, kardex, carnet de identidad, registros y firmas de autoridades de la LIDEPA así como los jugadores.
d)     El club que alternara más cuatro jugadores cuando se trate de una misma institución.
e)      El Club que no haga actuar a un jugador juvenil sub 19 en el primer tiempo o en el segundo tiempo en su encuentro y esta plaza sea ocupada por un jugador mayor.

f)       El club que haga alternar de la categoría superior a la categoría inferior.
g)      Si ambos Clubes infringen el reglamento, el ganador perderá los tres (3) puntos en disputa  y al perdedor se le restara tres (3) puntos ganados o por ganar.

Art.105.- El fiscal de turno que no cumpla adecuadamente sus funciones establecidas, o demuestren negligencia e irresponsabilidad sobre el desarrollo de los partidos, será sancionado por la perdida de dos (2) puntos ganados o por ganar al Club que represente, previo proceso y análisis realizado por el comité de penas.

Art.106.- El Fiscal de turno o Veedor que se presente en la mesa de control en estado inconveniente (con efectos alcohólicos) o abandone sus funciones, se considerara como falta, sancionando con la perdida de tres (3) puntos ganados o por ganar al Club que represente.

CAPITULO XIV
DE OTRAS DISPOSICIONES

Art. 107.- Los Clubes deudores a la Liga están obligados a cancelar todas sus cuotas pendientes para inscribirse en el próximo campeonato Oficial y Amistad, caso contrario no se les admitirá en la Liga (LIDEPA), ateniéndose a los castigos que establece el presente reglamento interno.

Art. 108.- Todo Club afiliado a la Liga Deportiva Pacasa esta en la obligación de adquirir el Reglamento interno a un costo que determinara oportunamente el Directorio y sea aprobado en asamblea de Delegados.

Art. 109.- Las sanciones establecidas en el presente reglamento interno podrán ser apelada por el Club damnificado a instancias superiores, en casos especiales.

Art. 110.- Una ves aprobado el presente reglamento interno en asamblea de delegados, el Directorio a través de una resolución dejara sin efecto toda las disposiciones del ANTERIOR reglamento interno, así como las que fueran contrarias a las disposiciones del presente reglamento interno.

Art. 111.- Otras disposiciones

a)      El presente reglamento tiene vigencia en todo campeonatos que organiza la Liga Deportiva Pacasa ya sea el campeonato oficial, amistad y otros.
b)      En el campeonato Oficial cada equipo podrá habilitar  jugadores profesional pero solo podrá jugar uno (1) en cancha y dos (2) en planilla los jugadores deberán ser registrados en la asociación de futbol de La Paz de la primera “A” o campeonato profesional este registro será contabilizado a partir del 2011.
c)      El campeonato Amistad se jugara sin límite de edad.
d)     Los presidentes de los Clubes tienen los mismos derechos y obligaciones que un Delegado, y que sean inherentes a su rango de Presidente de Club.
e)      El directorio tiene la potestad de reestructurar a sus miembros y componentes en cualquiera de las carteras, en caso de producirse acefalias por renuncia, abandono de sus funciones o la suspensión de su cargo, debiendo ser completado por los vocales o delegados.
f)       La o las barras (INCHAS) que se les pesque o demuestres actos de agresión, pelea, insultos con palabras de grueso calibre, entre ellas o que se refieran a los jugadores y sean reconocidos por el fiscal, veedor o algún dirigente de la liga LIDEPA. Se les sancionara de la siguiente manera:

1.      Llamada de Atención Al Club que pertenece la barra. (INCHAS)
2.      2 Llamada de Atención y Multa de 30 Bolivianos
3.      Multa económica de 50 Bolivianos y castigo al capitán del Equipo
4.      Marginación del Campeonato al Club al que pertenece  dicha barra (INCHAS)

CAPITULO XV
DE LA ESTRUCTURA INTERNA

Art.- 112.- La Liga Deportiva Pacasa esta regida por una directiva cuya estructura es la siguiente:
Un Presidente, un vice-Presidente, un secretario de Actas, un secretario de Hacienda y dos vocales.

Art. 113.- Dentro de esta estructura, se considera el Comité Técnico y el Comité de Penas que son órganos de apoyo y decisión respectivamente, que serán elegidos en la primera Asamblea de Delegados con el quórum correspondiente y estarán conformados por un Presidente y dos vocales.

Art. 114.- Como principio general, los miembros del directorio de la Liga Deportiva Pacasa tienen la obligación de cumplir (mas que los demás) con el estatuto orgánico y el Reglamento interno, así como de las decisiones de la asamblea general  de delegados. Los dirigentes que incurrieran en malversación de fondos y/o aprobación indebida de bienes de la Liga (fehacientemente comprobada) serán inhabilitados en forma definitiva para ejercer cargos directivos o de delegados de Clubes, con el perjuicio de que se le pueda seguir las acciones legales correspondientes en caso de ser pertinente.

Art. 115.- Ningún dirigente de la Liga podrá cumplir una función dual, es decir como dirigente y como delegado de base. En caso de estar como directivo solamente le será permitido la asistencia de su Club, pero no tendrá derecho a voz ni a voto en representación de su Club o institución.

CAPITULO XVI
DE LOS RECLAMOS Y APELACIONES

Art. 116.- Los reclamos pueden efectuarse ante la Asamblea general de delegados en forma verbal o escrita (si lo requiere el presidente), cuando se traten de errores en los registros, en los resultados, en las tarjetas amarillas, etc. Y estos serán resueltos por el comité respectivo.

Art. 117.- Las apelaciones deben hacerse por escrito ante el organismo respectivo y debidamente fundamentado.

Art. 118.- Se apelara ante el consejo central las sanciones que impliquen suspensión de seis meses o mas,  que se consideren injustas y cuya apelación haya sido denegada  por el organismo del comité de penas.

Art. 119.- Las apelaciones se presentaran ante las instancias correspondientes, dentro de las 48 horas de conocida la sanción en Asamblea de delegados, y si esta no se lleva a cabo, el plazo correrá desde el momento de su publicación en el panel de la Liga Deportiva Pacasa.

Art. 120.- Las sanciones por reincidencia, no tiene derecho a apelación.

Art.121.- Las resoluciones finales del concejo central y del Tribunal de Honor son inapelable y serán en uno de los siguientes sentidos:

CONFIRMATORIA:
Cuando después de revisado el fallo de primera instancia, se constate la legalidad del mismo.

REBOCATORIA:
Cuando el procedimiento inicial haya sido equivocado, o la sanción emitida no sea justa.

ANULATRIA:
Cuando se hayan producido vicios de omisión o de exceso en el procedimiento, debiendo anularse la resolución primitiva para reiniciar el procedimiento.

CAPITULO XVII
NIVELES DE JERARQUIA

Art. 122.- Los niveles jerárquicos de justicia Deportiva son las siguientes:

a)      El Comité de Penas.
b)      Consejo Central.
c)      El Tribunal de Honor.

Art. 123.- La conformación del Comité de Penas y Consejo Central se establece en el capitulo XV Art. 112 y 113 de estos reglamento Interno. La estructura del tribunal de Honor de la Liga (LIDEPA) es la siguiente:

PRESIDENTE:
Un ex Presidente o un ex directorio de la Liga, que no tenga cuentas pendientes  ni procesos disciplinarios en su contra, cuyo voto será dirimidor en caso de empate.

VOCALES:
Un delegado de un Club afiliado a la Liga por cada categoría regular con vos y voto.

Art. 124.- El Tribunal Honor será elegido en Asamblea  de Delegados de acuerdo a la modalidad propuesta en la misma, este Tribunal es de carácter eventual y transitorio, se conformara para tratar las sanciones a las faltas de los directivos de la Liga y al final de la gestión de la directiva, para evaluar su desempeño. Asimismo, quedara disuelto cuando termine la misión para la que se formo y haya emitido la resolución correspondiente.


Art. 125.- Los entes disciplinarios ya mencionados podrán emitir una de las siguientes resoluciones:

CONDENATORIA: Cuando los hechos denunciados se comprueben debidamente.

ABSOLUTORIA O DE INOCENCIA: Si la denuncia no ha sido probada o se demuestre la inocencia del imputado.

Art. 126.- El presente Reglamento Interno de Liga Deportiva Pacasa entra en vigencia a partir del veintitrés de mayo del dos mil doce.
El presente Reglamento Interno fue presentado a los Presidentes y Delegados de los Clubes, en dos asambleas magnas, el mismo fue aprobado y modificado en detalle y en revisión.

Este Reglamento tiene una vigencia de cinco (5) años o mas fueron elaborados y modificados por los delegados y el directorio de le Liga Deportiva Pacasa de acuerdo a nuestras necesidades de futbol siete.



Presidente                                   Vicepresidente                                     Fiscal General




  Presidente comité técnico                Presidente Comité de Penas                  Secretario de Hascienda




     Secretaria de Actas                            Delgado Primera de Honor                      Delegado Sénior    




                       Delegado Primeras de Ascenso                  Delgado Segundas de Ascenso                            



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